DÍA DEL AUTOR

Protejamos los derechos

La Dirección General de Derecho de Autor del MICI cuenta con amplias facultades y atribuciones, como otorgar la autorización para el funcionamiento de las entidades de gestión colectiva conformadas por autores y compositores, productores fonográficos, artistas y escritores de obras, siendo ellas: la Sociedad Panameña de Autores y Compositores (SPAC) en 1996; la Sociedad Panameña de Productores Fonográficos (Produce) en 2007; Asociación Panameña de Artistas, Intérpretes y Ejecutantes (Panaie) en 2012; y la Asociación Panameña de Editores y Autores (SEA) en 2014, cuyo objetivo es actuar en representación de sus asociados y representados para la gestión de los derechos autorales y conexos.

Ha sido dura la tarea para hacer entender que es importante que los usuarios de las obras y producciones protegidas comprendan que se hace necesario suscribir Contratos de Licencias de Uso de tales creaciones intelectuales, con las respectivas entidades de gestión colectiva de derechos de autor y derechos conexos, ya que ello contribuye al fomento y fortalecimiento de las denominadas industrias creativas, y por ende se traduce en un gran aporte a la economía nacional, en el cual salimos favorecidos todos, pues colaboramos juntos en la creación de una sociedad de respeto a la propiedad intelectual que engrandece a nuestro país.

Hoy 24 de septiembre, al conmemorarse el Día de los Autores y Compositores Panameños, instituido mediante Ley 5 de 13 de marzo de 2012, queremos aprovechar para celebrar el tan valioso aporte a la cultura y a la música panameña que siempre nos ofrecen los autores y compositores panameños, que, con su creatividad, han fortalecido la música, logrando destacarse en el mundo del espectáculo nacional e internacional y honrosamente llevar muy en alto el nombre de nuestro país.

Nuestros autores y compositores con su tenacidad logran hacer importantes aportes a la economía de nuestro país desde “la industria de la música”, realizando notables incrementos en el producto interno bruto (PIB) correspondiente al sector de las industrias creativas o naranja, que comprenden también la industria editorial, y que totalizan alrededor del 6%, ya que desde 1920, constan datos en la Dirección General de Derecho de Autor, sobre inscripciones de las primeras obras musicales, que nos demuestran que el autor y compositor panameño, desde nuestros primeros años como nación independiente, siempre han contado con normativas legales que aunque incipientes en un inicio, le han reconocido derechos a los creadores de obras musicales, entre otros.

El Gobierno Nacional reconoce en los autores a grandes nobles hombres y mujeres, que inspirados en el diario vivir crean música y letras, convertidos en destacados temas musicales, por lo cual exhortamos a los usuarios de las obras protegidas por las normativas legales vigentes en la República de Panamá, a utilizar obras, debidamente licenciadas, creando así una cultura de respeto a la propiedad intelectual, fortaleciendo la creatividad, el desarrollo cultural y económico de nuestro país.

El autor es directora general de Derecho de Autor a.i. MICI


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