Es una historia macabra y espeluznante. Afirma Cabrera Infante, “que hay un lugar en la tierra cuyo solo nombre evoca el infierno”. Fue la Isla del Diablo, la obsoleta colonia penal francesa frente a las costas de la Guyana. La isla era notoria como cárcel de presos comunes más allá de la redención y condenados al olvido. Pero pronto fue también una prisión política. Uno solo de sus presos la volvió célebre, el inocente capitán Dreyfus, condenado por traición. Creada por Napoleón III, en 1851, allí murieron miles de reos, que a lo largo de 80 años fueron llevados a la isla para no verlos nunca más. Quién diría que después de más de 80 años, en el siglo XXI, las autoridades panameñas, a la administración Martinelli-Varela, se le ocurriera crear, en el istmo de Panamá, una cárcel similar: La cárcel de Punta Coco.
La construcción de esa cárcel insular se inició en el gobierno corrupto de Martinelli, y fue terminada e inaugurada por la administración de Varela. Ubicada en el Pacífico panameño, en el extremo sur de la Isla del Rey, en el archipiélago de Las Perlas, a unos 110 kilómetros de la ciudad de Panamá, solo es accesible por mar o aire. En ella funciona una base militar del Servicio Nacional Aeronaval y un centro de operaciones de la DEA. En su momento, el presidente Varela dijo que: “los recursos para la obra provenían de su partida discrecional y del presupuesto gubernamental”.
Esta prisión constituye una ignominia y afrenta a los derechos humanos de los privados de libertad. In situ se confirma que los detenidos están incomunicados; en cada celda extremadamente pequeña hay recluidas dos personas; solo se les da una hora diaria de patio, por lo que permanecen encerrados 23 horas al día; no tienen acceso a medicamentos, atención médica ni a libros, periódicos ni revistas; las celdas no tienen cielo raso, por lo que en el día sufren de un calor insoportable; en la noche los mosquitos, literalmente, los devoran; la cárcel no cuenta con ninguna área de recreación ni deportiva; en las instalaciones no se desarrolla ningún programa laboral, educativo ni de resocialización, tal como lo preceptúa el artículo 29 de la Carta Magna; en fin, en esa prisión se afecta la integridad física, mental y moral de los detenidos, lo que constituye una modalidad de tortura.
El relator especial sobre la Tortura, de las Naciones Unidas, Juan E. Méndez, llamó la atención sobre el hecho de que en Punta Coco se impedía la comunicación entre los reclusos y se restringía el acceso al mundo exterior. “Durante las visitas, los privados de libertad permanecen con grilletes en manos y pies. Además, se cree que padecen de diversos problemas estomacales debido al suministro de agua salobre… Las celdas carecen de luz eléctrica y no cuentan con ventilación adecuada”, y recalcó que “estas condiciones equivalen a un trato inhumano y degradante”.
El Departamento de Salud Mental del Instituto de Medicina Legal, en su informe de abril de 2017, al censurar el aislamiento prolongado, señaló que “los entrevistados reportaron experimentar un conjunto de síntomas psicopatológicos como consecuencia de la experiencia de aislamiento en el que se encuentran. Varios reclusos refirieron presentar pensamientos de muerte e ideas suicidas y uno de ellos relató experimentar alucinaciones auditivas luego de haber sido colocado en condiciones de aislamiento. Todos los privados de libertad de Punta Coco requieren con carácter de urgencia tratamiento psicológico y deben permanecer… en condiciones de aislamiento prolongado indefinidos”.
El 22 de marzo de 2017, La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) dictó la resolución 10/17, mediante la cual solicitó al Estado de Panamá“adoptar las medidas necesarias para preservar los derechos a la vida e integridad de las personas en el centro de detención transitorio de Punta Coco… la Comisión solicita al Estado adoptar de manera inmediata las medidas necesarias para trasladar a todos los detenidos actualmente alojados en dicho centro a un lugar que cumpla con los estándares internacionales aplicables para personas privadas de libertad; y abstenerse de trasladar nuevamente a personas privadas de libertad a este centro, hasta que el mismo cumpla con dichos estándares”.
El gobierno de Varela le prestó oídos sordos a las medidas establecidas por la CIDH. El pasado 11 de agosto, el Comité de la Organización de las Naciones Unidas contra la Tortura, en cuanto a la cárcel de Punta Coco, señaló“sus deficientes condiciones, su ubicación remota y la inadecuada atención médica” (La Prensa, 26–VII-17, p.3A).
Al inicio del presente año, los abogados Paz Moreno y Herrera Morán acudieron ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ), a fin de promover un habeas corpus correctivo para que se declarase ilegal la permanencia de los reclusos en el penal de Punta Coco, por ser víctimas de graves violaciones de los derechos humanos y de tratos degradantes.
Después de siete meses, la CSJ estableció que dicha prisión “no cumple con los requisitos mínimos establecidos por la legislación panameña y los convenios internacionales ratificados por la República de Panamá en materia de derechos humanos de las personas privadas de libertad” y, en consecuencia, “declaró ilegal” la permanencia de los detenidos en la Isla del Diablo.
En el aire hay un olor a muerte, se siente una historia cruel de tratos inhumanos a los prisioneros. Han transcurrido 13 años desde que se cerró la isla penal de Coiba, hoy los istmeños demandamos el cierre definitivo del penal de Punta Coco, la Isla del Diablo.
El autor es abogado y ex fiscal auxiliar
