La firma del Memorándum de Entendimiento (MoU) entre el Ministerio de Seguridad Pública de Panamá y el Departamento de Defensa de los Estados Unidos, el 9 de abril de 2025, ha desatado una ola de controversia y preocupación entre diversos sectores de la sociedad panameña. Bajo la promesa de fortalecer la cooperación en materia de seguridad, el acuerdo establece un marco para el uso de “ubicaciones autorizadas” e “instalaciones y áreas designadas” por parte de personal y contratistas estadounidenses en territorio panameño. Sin embargo, tras un análisis detallado, surgen una serie de inquietudes que ponen en tela de juicio la soberanía nacional y los potenciales riesgos para la estabilidad regional.
Uno de los puntos más álgidos de la controversia radica en la ambigüedad con que se definen las actividades que el personal estadounidense podrá llevar a cabo en Panamá. Si bien se mencionan el entrenamiento, las actividades humanitarias y los ejercicios de seguridad, el Memorándum de Entendimiento deja abierta la puerta a “cualesquiera actividades de otro tipo, conforme lo establezcan mutuamente los Participantes”. Esta falta de especificidad genera suspicacias sobre la verdadera naturaleza y el alcance de la presencia militar estadounidense en el país.
Además, el acuerdo otorga amplias facultades al Ministerio de Seguridad Pública para permitir el acceso y uso de las instalaciones a personal y contratistas de Estados Unidos, sin que ello implique costo alguno para el gobierno estadounidense. Esta disposición plantea interrogantes sobre la equidad del acuerdo y la posibilidad de que Panamá asuma una carga desproporcionada en términos de costos operativos y mantenimiento de las instalaciones.
Otro aspecto preocupante es el control y la propiedad de las instalaciones. Si bien el Memorándum de Entendimiento establece que el título y la propiedad del terreno y las instalaciones no reubicables seguirán perteneciendo al Gobierno de Panamá, también se estipula que Estados Unidos podrá almacenar e instalar su propiedad en dichas áreas. Debe señalarse que la cantidad y el tipo de propiedad no están claramente definidos, lo que podría dar lugar a la presencia de equipos y materiales sensibles en territorio panameño.
El Memorándum también aborda cuestiones ambientales, estableciendo que las actividades se realizarán “en coherencia con la protección del ambiente natural de Panamá” y que el personal estadounidense respetará las leyes medioambientales panameñas. Sin embargo, la historia de las bases militares estadounidenses en otros países ha demostrado que, en ocasiones, estas promesas no se traducen en la práctica, generando daños ambientales y riesgos para la salud de las comunidades locales.
Finalmente, el acuerdo establece un mecanismo de solución de diferencias a través de “consultas amistosas”, lo cual podría no ser suficiente para garantizar el respeto de los intereses de Panamá en caso de controversias.
El Memorándum de Entendimiento entre Panamá y Estados Unidos plantea serias dudas sobre su impacto en la soberanía nacional, la equidad de las relaciones bilaterales y los potenciales riesgos para el medio ambiente y la estabilidad regional. Es fundamental que la sociedad panameña exija transparencia y rendición de cuentas por parte de sus autoridades, y que se abra un debate público y profundo sobre las implicaciones de este acuerdo para el futuro del país.
En este contexto, es indispensable ceñirse a lo dispuesto en el artículo 325 de nuestra Constitución, que en su primer párrafo establece: “Los tratados o convenios internacionales que celebre el Órgano Ejecutivo sobre el Canal de esclusas, su zona adyacente y la protección de dicho Canal, así como la construcción de un Canal a nivel del mar o de un tercer juego de esclusas, deberán ser aprobados por el Órgano Legislativo y, luego de su aprobación, serán sometidos a referéndum nacional, que no podrá celebrarse antes de los tres meses siguientes a la aprobación legislativa…”
Ante esta situación, cabe preguntarse: ¿Cuál es la opinión al respecto de la Secretaría Presidencial para la Reorganización del Estado y Asuntos Constitucionales?
El autor es abogado.
