Siguiendo la tradición iniciada con la reforma electoral de 1993, el Tribunal Electoral (TE), mediante Decreto 43 del 11 de diciembre de 2014, convocó a la Comisión Nacional de Reformas Electorales (CNRE), con el propósito de examinar lo acontecido en las elecciones generales y presentar propuestas para mejorar las falencias en nuestra legislación, a fin de hacerla más transparente, efectiva y justa.
Esta estaba conformada por representantes de los partidos políticos legalmente constituidos, partidos en formación, diversos grupos de la sociedad civil y miembros del TE, dando como resultado que el 18 de enero de 2016 se presentara en la Asamblea Nacional el proyecto de ley 292, que reforma el Código Electoral, integrado por 165 artículos.
Entre las innovaciones que destacan del proyecto de ley 292 están: La propaganda electoral solo será financiada con fondos públicos; topes en los gastos privados en los que pueda incurrir cada candidato, propuesto inicialmente a 50 centavos por elector de la jurisdicción en la que participa, pero recientemente modificado en la Asamblea Nacional a 5.00 dólares por elector; plazos limitados para llevar a cabo las campañas, iniciando 90 días antes de las elecciones y 60 días antes de las primarias; renuncia de los que ostenten cargos públicos seis meses antes de la elección; disminución (aunque se mantiene) del periodo de fuero electoral, y la prohibición de que una persona pueda ser candidata para dos o más puestos de elección.
De lo anterior se desprende uno de los eternos conflictos en lo que a materia de electoral se refiere, ¿quién debe financiar las elecciones? La propuesta supone que la totalidad de la propaganda electoral debe ser financiada por el Estado, elevando inmensamente el subsidio electoral e incrementando así el gasto público. Esto se complica, teniendo en cuenta que esta decisión debe ser tomada, objetivamente, pensando en los mejores intereses del Estado, y que los encargados de esa loable misión son, quizás, quienes se estarían beneficiando o perjudicando de esta en la próxima contienda, lo que nos lleva a preguntarnos, ¿juez y parte?
La reforma contempla aspectos conflictivos, lo que ha dividido a las bancadas del legislativo, por lo que ahora más que nunca se requiere un consenso para obtener cambios significativos.
Lo anterior, aunado con la facultad conferida con el numeral 1 del artículo 159 de la Constitución Política, resultó en que el Órgano Legislativo tomara la decisión de dividir la discusión de reformas electorales en cinco bloques, para agilizar el debate y no estancar todo un proyecto por uno o dos artículos controversiales.
El primer y segundo bloque, a juicio del vicepresidente de la Asamblea, Luis Eduardo Quirós: “Serán los más fáciles de aprobar”. Pero del tercero en adelante, especialmente durante el quinto en donde está lo referente al financiamiento, dará más espacio a debate y al análisis de los diputados, al ser asuntos sensitivos y directamente relacionados con sus intereses.
A pesar de lo optimistas que parecen las acciones efectuadas por la Asamblea debemos recordar que el tiempo no está a favor de los ciudadanos, considerando que el próximo 30 de abril concluye el periodo ordinario y de no finalizar la discusión antes de esa fecha, tendría que ser postergada hasta mediados de julio por una nueva junta directiva.
Podemos concluir instando a la ciudadanía a permanecer al tanto de las discusiones, recordando que un eje importante de las reformas electorales es el financiamiento. La misión de los diputados debe ser enriquecer el proyecto, hacerlo más efectivo, eficaz y transparente, no mutilarlo y convertirlo en la mejor herramienta para velar por sus propias motivaciones. No olvidemos que todos somos los guardianes de nuestra democracia.

