El escritor Miguel de Unamuno dijo en algún momento que “el modo de dar una vez en el clavo es dar 100 veces en la herradura”. Algo semejante sucede con Ricardo Martinelli y la forma en que sus abogados actúan ante el sistema de justicia. Uno de sus letrados ha presentado -por enésima vez- un amparo de garantías constitucionales contra la sentencia condenatoria por blanqueo de capitales en el caso New Business. Ya son nueve -que sepamos- los amparos que le han rechazado al cliente estrella de los penalistas del patio, en relación con la decisión dictada en julio pasado por la juez Baloisa Marquínez y confirmada unánimemente en octubre por los tres magistrados del Tribunal Superior de Liquidación de Causas Penales. Las partes del proceso deben abstenerse de utilizar maniobras dilatorias, no porque lo diga alguien, sino porque así lo requiere el Código Procesal Penal. “Toda actuación debe surtirse sin dilaciones injustificadas”, reza su artículo 15. Es más, el artículo 63 de ese mismo código obliga a los jueces a “evitar toda dilación procesal”. No se trata de un juego de palabras ni es algo insignificante. Sin embargo, no necesariamente sorprende que José Raúl Mulino, que también es abogado, haya dicho el viernes en el programa radial En Perspectiva, que: “la táctica de un abogado puede ser perfectamente dilatar el proceso”. Al nuevo alter ego de Martinelli no le vendría mal una leída al Código de Ética y Responsabilidad Profesional del Abogado, ya que su artículo 4 ha vedado “toda gestión puramente dilatoria que entorpezca el normal desarrollo del procedimiento”. La infracción de esa norma, según el artículo 17 de la Ley 350 de 2022 (que regula el ejercicio de la abogacía en Panamá) constituiría una falta a la ética. Por supuesto, estamos hablando de ética, así que… ustedes ya saben.
A finales del año pasado, como si fuera un atraco en toda regla, los diputados modificaron el proyecto de ley del presupuesto del Estado, para llevarse la facultad de aprobar o rechazar todos los traslados de partida, sin importar el monto, que realizan los ministerios y demás entidades. El propio Raúl Pineda admitió descaradamente que esta maniobra busca darle a la Asamblea un mayor “control”, porque de un plumazo quedaron los diputados con una parte importante de la administración del Estado, aunque esta es una tarea que constitucionalmente no les corresponde para nada. También acordaron que si la Comisión de Presupuesto recibe la solicitud de traslado y no realiza ninguna “actuación” dentro de los 15 días siguientes, se entenderá que la misma ha sido aprobada. Si el MEF calcula que en un mes “complicado” se atienden hasta mil traslados de partida, ¿cómo harían los 15 diputados de la Comisión de Presupuesto para atender todo ese volumen de trabajo? Pues nada: la referida comisión no se ha reunido ni una sola vez desde que inició el año y eso que otra modificación introducida al proyecto de presupuesto consistió en adelantar la fecha en que las instituciones pueden iniciar el trámite de traslados de partida: ahora es a partir del 15 de enero. Seguramente ahora mismo hay una pila inmensa de traslados que nadie atiende o sustenta y que muy probablemente serán aprobados instantáneamente, porque la comisión no se inmutó en ejercer la función que acaparó sin que nadie se lo pidiera. Así se burla la Asamblea del resto del país: actúa como si nadie se diera cuenta de sus maleanterías.


