En matemáticas, una división está compuesta por: el dividendo, el divisor, el cociente y el residuo, por ejemplo: si usted divide 15 manzanas para 5 personas, estos serían los elementos de dicha división: el dividendo serían las 15 manzanas a repartir; el divisor, las 5 personas que quieren comer manzanas; el cociente, la cantidad de manzana que cada persona le correspondería “justamente” comer, o sea 3 manzanas por cabeza; y el residuo sería 0. Este ejemplo representa una división exacta.
En una división inexacta (cuando el residuo no es 0) una persona comería más manzanas, ejemplo: divida esas mismas 15 manzanas pero ahora para 4 personas: definitivamente por lo menos 1 persona comería más manzana que otra.
Ahora que recordamos lo básico, seguro sabemos qué son cociente y residuo. El medio cociente no es más que la mitad del cociente. Cabe decir que en una votación para elegir a los 71 diputados de la Asamblea Nacional dentro de los 39 circuitos electorales, los votos válidos del electorado conforman el dividendo y el divisor lo conforman las 71 curules a repartir entre los ganadores.
Pero, ¿por qué se usan cocientes, medio cocientes y residuos para elegir diputados de la Asamblea Nacional en los 13 circuitos electorales plurinominales y no en los 26 circuitos electorales uninominales?
Se usan porque a diferencia de los circuitos electorales uninominales, donde la división de votos es exacta (una curul por cada circuito, es decir: 26 diputados para 26 circuitos electorales), en los 13 circuitos electorales plurinominales donde (salen 45 diputados), la división de votos es inexacta, es decir: a alguna lista de candidatos para diputados le corresponderá forzosamente más curules, y como la democracia electoral funciona con pequeñas mayorías (ejemplo el presidente electo ganó con 33% ⅓ de los votos), aquí entran en escena las autoridades sobre si deciden repartir más curules a favor de las listas con más candidatos votados o a las listas con los candidatos menos votados. Esto último es una menudencia muy importante.
Véalo así: 45 diputados representan a 13 circuitos electorales. ¿Parece lógico?
Esto se debe a que no todos los circuitos electorales tienen la misma población, y que aquellos circuitos en donde haya una mayor población deben estar mayormente representados, es decir, deben contar con más de un diputado representándolos; y es precisamente a través de la repartición de votos con el uso de cocientes, medio cocientes y residuos y con la ayuda del voto en plancha, que en los 13 circuitos electorales plurinominales se pueden elegir 45 diputados.
Si usted quiere proponer otra forma de representación, le invito a que investigue acerca de los “métodos de reparto de votos” existentes. Mi criterio es que el problema no es el “método de reparto”, es la cantidad de curules que se reparten para cada circuito electoral. El problema es la división inexacta.
¿Y qué tiene que ver el famoso, delicado y vulgar “voto en plancha”?
La tarea del voto en plancha es garantizar la representación proporcional de la población en los 45 diputados de la Asamblea Nacional que se eligen en los 13 circuitos electorales plurinominales y evitar que un solo candidato de un partido político “concentre” los votos.
La Corte Suprema de Justicia determinó que un solo candidato no puede concentrar toda la oferta electoral dentro del circuito electoral en el que corre, sino varios candidatos. La razón de la Corte fue para evitar el clientelismo. ¿Se estará evitando?
Mis propuestas alternativas a todo este enredo, porque opino que en el enredo está la trampa: eliminar los circuitos electorales plurinominales y crear en total 71 circuitos electorales uninominales para que cada circuito esté representado por un diputado, o eliminar 56 curules de diputado para que en total haya 15 que representen cada provincia y comarca, con el respectivo y proporcional aumento de salario a cada uno de los 679 “representantes” de corregimiento.
Mis propuestas se materializarían reformando forzosamente la Constitución Política.
Si no podemos reformar la Constitución Política, por la razón que sea, entonces hagamos correctivos prácticos: ningún candidato para un cargo público en específico puede aspirar a dicho cargo con la ayuda de más de un partido y/o utilizando la libre postulación, ya que ese candidato se beneficiaría de mayor probabilidades de salir electo a través del cociente, medio cociente y residuo.
El autor es abogado
