La degradación del paisaje es un proceso que ocurre frecuentemente debido a la presión y falta de ordenación urbana, además del impacto de las obras de infraestructuras, que ignoran la importancia que posee el paisaje, y desvirtúan sus valores ambientales, culturales e históricos.
En Europa, desde hace décadas se está legislando y regulando la protección del paisaje como bien cultural, y aunque la Ley General de Cultura ha reconocido el paisaje cultural como parte del patrimonio de Panamá, es urgente reglamentarlo, y documentar, declarar y gestionar paisajes de interés para el país. Esta urgencia se vuelve notoria con la problemática de la construcción del relleno marítimo para un desarrollo inmobiliario en el causeway de Amador. Este es un paisaje cargado de historia, ya que durante la colonia se estableció el Puerto Perico, una de las islas que conforman el archipiélago de las Islas Perico, Naos y Flamenco. Durante la época norteamericana, el archipiélago se articuló a tierra firme por medio de una calzada que fue construida con vocación de rompeolas para proteger la entrada del Canal de Panamá, y que formó parte del antiguo Fuerte Amador. Incluso, el propio Estudio de Impacto Ambiental (EIA) reconoce la presencia de un importante potencial arqueológico subacuático en el área.
A pesar de que el impacto negativo en el paisaje no es analizado por el EIA, es evidente la necesidad de conservarlo, ya que constituye la conexión visual histórica que desde la colonia existe entre el Casco Antiguo y Perico. Además, es parte de la historia del tránsito interoceánico, y es un paisaje que forma parte de la memoria de los panameños. De hecho, preocupa que el relleno se acerca a la zona de amortiguamiento del Casco Antiguo, Patrimonio de la Humanidad. Ello deja en evidencia la necesidad de vincular el entorno a la declaración de protección de un patrimonio, que debe incluir la cuenca visual que desde el propio bien se aprecie. Esto no es más que un indicador de las carencias de los requisitos de aprobación de Estudios de Impacto Ambiental de Panamá, y además evidencia la inminente necesidad de reglamentar lo que en Europa se conoce como Estudios de Impacto Paisajístico, una herramienta que evalúa las consecuencias paisajísticas de proyectos.
Paralelamente, cabe destacar las inconsistencias que desde la sostenibilidad involucra el relleno marítimo, al oponerse a los Objetivos de Desarrollo Sostenible, Agenda 2030 de las Naciones Unidas, de la cual la República de Panamá es signataria. En particular, considerando que uno de los criterios de sostenibilidad alineados con el objetivo 11 de los ODS, Ciudades y Comunidades Sostenibles, es minimizar el consumo de recursos en la construcción de edificaciones, y reducir los impactos sobre ecosistemas. Siendo el reciclaje urbano de infraestructura ya erigida, una de las estrategias sostenibles más acertadas en este sentido. Sorprende que en vez de aprovechar las olvidadas edificaciones del antiguo Fuerte Amador, se plantee un innecesario relleno en el mar de 50 hectáreas.
Por otro lado, el proyecto en cuestión genera dudas razonables sobre el uso privado de la plataforma continental, ya que el artículo 258 de la Constitución de Panamá establece que “pertenecen al Estado y son de uso público, y por consiguiente no pueden ser objeto de apropiación privada: 4. El espacio aéreo, la plataforma continental submarina, el lecho y el subsuelo del mar territorial”.
Existen sobradas razones para poner en tela de juicio el beneficio de este proyecto al conjunto de los ciudadanos, ya que, entre otras cosas, afecta la biodiversidad, desvirtúa los valores históricos, pero, además, implicaría una pérdida significativa de la calidad del paisaje de uno de los pocos espacios abiertos de la ciudad que generaciones de panameños han podido disfrutar, un derecho que no debería ser amenazado. Y es que el paisaje del causeway nos pertenece a todos, y no debería ni siquiera considerarse la posibilidad de ser vendido para el disfrute de pocos.
La autora es doctora en Medio Ambiente en la Arquitectura

