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Estados Unidos y el impuesto mínimo global: ¿hacia un sistema paralelo sostenible?

Estados Unidos y el impuesto mínimo global: ¿hacia un sistema paralelo sostenible?
El Impuesto Mínimo Global busca que exista coordinación para que las empresas multinacionales con ingresos globales por encima de los 750 millones de euros paguen una tasa de impuesto sobre la renta mínima de 15%.

El anuncio reciente de la secretaria del Tesoro de Estados Unidos, Susan Bessant, sobre el acuerdo alcanzado con el G7 para dejar fuera a los grupos empresariales estadounidenses de las reglas clave del Pilar Dos (la IIR y la UTPR) del “Acuerdo Fiscal Global” de la OCDE ha encendido el debate en el mundo fiscal. En pocas palabras, Estados Unidos y el G7 han acordado trabajar en un marco paralelo que reconozca el régimen mínimo que ya existe en el sistema tributario estadounidense.

Tiene sentido que Estados Unidos quiera poner en valor sus propias reglas fiscales. Allí existen instrumentos como el GILTI o el Subpart F, diseñados precisamente para evitar la erosión de bases fiscales y la deslocalización de beneficios. Según el comunicado del G7, reconocer ese marco mediante un sistema paralelo podría dar estabilidad al sistema tributario internacional y reducir la carga administrativa para las empresas.

Sin embargo, aunque la idea suena razonable, no está exenta de desafíos. El régimen estadounidense, si bien impone un mínimo tributario, no siempre alcanza el tipo efectivo del 15% que exige el Pilar Dos, sobre todo si se tienen en cuenta ciertas deducciones y créditos fiscales que pueden reducir la carga real. Crear un sistema paralelo sin definir claramente las condiciones necesarias podría abrir la puerta a nuevas desigualdades en el sistema fiscal global.

Y aquí está el verdadero reto, al menos desde mi perspectiva: evitar que esta excepción se convierta en un precedente que debilite los avances logrados hasta ahora. Porque si Estados Unidos logra mantenerse fuera de las reglas globales sin comprometerse a un nivel efectivo de tributación, es bastante probable que otros grandes bloques económicos —como China, India o incluso algunos países europeos— pidan un trato similar. Y eso podría fragmentar el sistema que la OCDE y el G20 han estado construyendo durante años.

Además, surgen preguntas muy concretas y prácticas:

  • ¿Cómo se coordinará este sistema paralelo con la normativa de la Unión Europea, que ya ha adoptado el Pilar Dos en su legislación?

  • ¿Qué ocurrirá con las multinacionales no estadounidenses que tienen filiales en Estados Unidos? ¿Podrían generarse vacíos legales o espacios grises?

  • ¿Cómo evitar que las empresas elijan el régimen que más les convenga, generando distorsiones en la recaudación global?

Mientras estas negociaciones siguen su curso, la realidad es que las normas del Pilar Dos —incluyendo las IIR y UTPR— ya están vigentes o en proceso de aplicarse en más de 50 países. Esto significa que, al menos en el corto plazo, muchas empresas tendrán que convivir con dos sistemas y cierta incertidumbre sobre qué reglas les serán finalmente exigibles. Las compañías deberán seguir cumpliendo con las exigencias de información y cálculo establecidas en las normas actuales, mientras esperan claridad sobre el futuro.

Desde un punto de vista pragmático, es comprensible que cada país quiera proteger su soberanía fiscal y adaptar las reglas internacionales a sus circunstancias. Sin embargo, creo que es fundamental que cualquier sistema paralelo establezca requisitos claros y transparentes para asegurar que todas las multinacionales paguen impuestos de forma justa y comparable, evitando ventajas competitivas que no se basen en la verdadera actividad económica.

Mi opinión es que, si se termina reconociendo un régimen paralelo para Estados Unidos, debería exigirse evidencia sólida de que su sistema logra una tributación efectiva equivalente, o al menos cercana, al 15% fijado en el Pilar Dos. Solo así se podría mantener la coherencia y la credibilidad de un acuerdo global que, después de tanto esfuerzo, busca evitar la erosión de bases fiscales y garantizar que las grandes empresas tributen allá donde generan valor.

En definitiva, el anuncio de un posible sistema paralelo no es en sí negativo. La intención de simplificar la burocracia y evitar la doble imposición es legítima y beneficiosa para las empresas. Pero el equilibrio entre flexibilidad y equidad será decisivo.

Quizá la sugerencia final sea que los países de Latinoamérica se mantengan en la posición de no implementar el impuesto mínimo global hasta que haya más claridad sobre el tema; al final, en un ambiente competitivo por atraer inversiones, este asunto es relevante, y Panamá, Costa Rica y Uruguay deben pensar muy bien qué camino tomar.

El autor es Country Managing Partner – EY.


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