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Extinción de dominio y lista gris

Panamá, desde junio de 2019, fue incluido por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) -organización intergubernamental cuyo propósito es elaborar y promover medidas para combatir el blanqueo de capitales- en una lista gris de países no cooperantes y jurisdicciones de alto riesgo, lo que significa que somos una jurisdicción sometida a un mayor monitoreo, comprometiéndose así el país a resolver rápidamente las deficiencias estratégicas identificadas dentro de plazos acordados.

En este sentido, el país espera salir de la lista gris este 2023, cumpliendo los 15 puntos del plan de acción de GAFI, realizando un mayor esfuerzo en el tema de identificación de beneficiarios finales y el acceso de las autoridades competentes a esta información, el cual se ha desarrollado desde el nacimiento y el trabajo que realiza la Superintendencia de Sujetos Obligados No Financieros, específicamente con el registro masivo de agentes residentes y el registro de beneficiarios finales, que es un registro cerrado conforme lo establece la Ley 129 de 2020.

Sin embargo, pese a que se ha señalado por parte de la entidad encargada en esta materia que, de los 15 puntos del plan de acción de GAFI, se han cumplido 13 y los dos restantes de manera parcial, nos queda la preocupación si la creación de una ley de extinción de dominio -que no está dentro de la exigencia establecida- es una condición a fin de que Panamá no esté en listas internacionales por deficiencia en la lucha contra el blanqueo de capitales o considerados paraísos fiscales, ya que expertos sospechan puede plantearse como nueva exigencia con miras a la quinta ronda de evaluaciones mutuas de 2024 por parte de GAFI.

Ante este panorama, es una realidad que son varios los países latinoamericanos que cuentan con esta herramienta legal -ley de extinción de dominio- en el combate de persecución del crimen organizado y el narcotráfico para poder llegar a esos bienes producto de actividades ilícitas, por lo que Panamá igualmente toma esta iniciativa con el proyecto de ley 625, que recientemente estuvo en discusión en una mesa técnica con la participación de varios actores, entre ellos, diputados de la propia Comisión de Gobierno y Asuntos Constitucionales de la Asamblea Nacional, sus asesores y abogados particulares, así como representantes del Órgano Judicial y del Ministerio Público, siendo uno de los puntos de tensión lo relacionado a si el catálogo de delitos para el alcance de esta herramienta incluye el delito de corrupción, como en efecto quedó excluido, aunado a establecer con claridad lo relativo a principios fundamentales de todo Estado de derecho como son la presunción de inocencia, del debido proceso, el respeto a la propiedad privada, la no retroactividad de la ley y la prescriptibilidad, entre otros.

Al final, pese a que en el documento aprobado por la mesa técnica se excluyeron algunos temas sensitivos con apariencia de vicios en la protección de derechos fundamentales, ahora entra en una fase de primer debate, por lo que serán los diputados y las diputadas quienes tendrán la última palabra en la creación de una ley novedosa para Panamá, conforme la experiencia de otros países, siguiendo la ley modelo de organismos internacionales, que entre los puntos relevantes a discutir está si estaremos ante una jurisdicción nueva o especial, si la misma será una ley de orden público y de interés social donde se abre la ventana de la retroactividad -eliminado en la mesa técnica-, es decir, que se permite investigar hacia atrás, entre muchos otros temas, que pueden considerarse tienen vacíos legales en cuanto a aspectos procesales a desarrollar desde la coherencia, sistematización y protección constitucional.

La interrogante ahora es: la creación de una ley de extinción de dominio, ¿es una condición para que Panamá sea excluida de la lista gris de GAFI? Sin conocer ello, lo cierto es que la creación de la ley de extinción de dominio es sana exclusivamente en su objetivo general de combatir el blanqueo de capitales; sin embargo, de no concretarse, el peligro está si nos puede perjudicar como país si esto se convierte en una exigencia de GAFI, por lo que seguiremos en listas internacionales, afectando la reputación y transparencia de Panamá, con un efecto cascada en inversiones que al final siempre es el pobre el que más sale afectado, porque no llega a concretarse que se les resuelvan sus problemas como es el acceso a agua potable, empleo y seguridad, entre otros. Amanecerá y veremos.

El autor es abogado, docente universitario y exmagistrado


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