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¿Fondo de compensación o pensión disfrazada? Maniobra semántica

En medio de la crisis de confianza institucional que vive Panamá, la reciente divulgación del Acuerdo N.° 407 de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) ha encendido las alarmas ciudadanas. El argumento central de algunos magistrados para justificarlo es que no se trata de un sistema de pensiones, sino de la creación de un “fondo de compensación” para funcionarios judiciales retirados. Una distinción que, al analizarla de cerca, no resiste un examen jurídico, ético ni político.

Antes que nada, conviene entender qué se quiere presentar al público: la narrativa oficial pretende convencer de que este acuerdo no implica un privilegio jubilatorio, sino un mecanismo interno para garantizar una “compensación” a quienes hayan prestado servicios en el Órgano Judicial. Es como si se tratara de una indemnización similar a la del dietilenglicol.Pero en la práctica, y bajo cualquier definición técnica, se trata de una pensión especial, financiada de por vida con recursos públicos, que beneficia a un grupo reducido y con criterios ajenos al sistema solidario general.

El primer punto a desmontar es la maniobra semántica en la utilización del término “fondo de compensación” como si fuera jurídicamente distinto a una pensión. Expertos indican que, en derecho administrativo y financiero, una compensación periódica otorgada tras el retiro laboral, con cargo al erario, constituye una pensión, sin importar el nombre que se le ponga. Cambiar la etiqueta no transforma la naturaleza del beneficio; hacerlo es un intento de eludir el debate real: un privilegio en medio de la crisis del sistema de seguridad social.

La estrategia retórica es evidente: si se admite que es una pensión, la discusión se centra en la justicia, legalidad y sostenibilidad de otorgar un régimen especial. Si se llama “compensación”, se intenta reducir la percepción de que es un beneficio vitalicio financiado por todos. Pero no se puede maquillar un hecho básico: son pagos continuos, no una indemnización única, lo cual encaja perfectamente en la definición.

Esto, además, es una contradicción con la realidad. Panamá atraviesa uno de sus peores momentos en términos de desigualdad social. El país con uno de los PIB per cápita más altos de la región tiene también una de las peores distribuciones de la riqueza. El sistema público de pensiones enfrenta un riesgo inminente de colapso, con proyecciones actuariales que anticipan déficits insostenibles. En este contexto, la CSJ —máxima garante de la justicia— decide autoasignarse un régimen de retiro excepcional, sin un debate legislativo abierto ni consulta ciudadana.

El contraste es brutal: mientras el Estado regatea las pensiones de grupos vulnerables, jubilados y trabajadores, se crea un mecanismo especial para una élite judicial. Incluso si se argumentara que el fondo es financiado con recursos internos del Órgano Judicial, dichos recursos provienen, en última instancia, del presupuesto nacional, es decir, de los impuestos de todos los panameños y no de los bolsillos de los directamente beneficiados.

Por eso, la alternativa justa es que, si los magistrados y funcionarios judiciales de alto rango realmente creen que merecen una pensión especial, la financien con sus propios aportes, provenientes de sus recientes aumentos salariales de hasta 4 mil dólares mensuales adicionales. Así lo hacen los docentes y miles de profesionales a través de entidades especializadas en la administración de ahorros para sus pensiones. No hay razón para que la ciudadanía —que lucha por sobrevivir con sueldos de hambre y pensiones mínimas— tenga que cubrir privilegios de quienes ya disfrutan de las remuneraciones más altas del Estado. De esa manera, se evitaría cargar sobre el pueblo un costo que este no puede ni debe asumir.

Un verdadero “fondo de compensación”, digno de ese nombre, podría funcionar con un sistema de aportes obligatorios y voluntarios de sus propios beneficiarios, sin tomar un centavo de otros recursos del erario público.

Aceptar la tesis de que no es una pensión sino un fondo de compensación crearía un precedente peligroso. Mañana, cualquier entidad pública podría establecer su propio esquema de retiro bajo otro nombre, escapando a las regulaciones y controles del sistema general. La fragmentación de los regímenes jubilatorios ha sido uno de los factores que erosionan la sostenibilidad financiera del Estado panameño.

Si el precedente se consolida, el mensaje es claro: quienes tengan suficiente poder institucional podrán blindar sus beneficios, mientras el resto de la población queda atado a un sistema quebrado y cada vez más restrictivo.

La Corte Suprema de Justicia tiene una obligación ética y moral: no es un gremio privado, sino un órgano del Estado que debe regirse por el principio de ejemplaridad. Sus decisiones no solo deben ser legales, sino moralmente aceptables y políticamente responsables. En un país donde los salarios mínimos no alcanzan para cubrir la canasta básica y donde miles de jubilados apenas sobreviven con pensiones miserables, resulta indefendible que la más alta autoridad judicial impulse un régimen privilegiado para sí misma (por más que lo hayan suspendido parcialmente).

Los magistrados deben recordar que su legitimidad no se deriva solo de la Constitución, sino también de la confianza pública. Al adoptar medidas que parecen priorizar intereses corporativos por encima del interés general, esa confianza se erosiona, debilitando la autoridad moral de la Corte en sus futuras decisiones.

Conclusión: un disfraz que no engaña

El Acuerdo N.° 407, más allá de la envoltura semántica, es una pensión especial. Llamarlo “fondo de compensación” es un recurso de cosmética política y jurídica que busca evitar la reacción ciudadana. Pero la ciudadanía está cada vez más consciente y no acepta fácilmente estas maniobras.

El país no olvidará que, en un momento de crisis social y económica, se eligió priorizar el bienestar de unos pocos por encima de la justicia para todos. Y eso, se llame como se llame, es una decisión que la historia juzgará con dureza.

El autor es médico y expresidente del PRD.


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