La Procuraduría de la Administración lo ha dicho con claridad: el Tribunal Administrativo Tributario (TAT) actuó fuera del marco legal al reconocer un supuesto crédito fiscal de $20.2 millones a favor de la sociedad que operó Justo y Bueno. Ese “beneficio” no solo carece de sustento legal y contable —como advirtió previamente la Dirección General de Ingresos—, sino que representa un peligroso precedente para la hacienda pública.
El absurdo es evidente: se intenta ceder algo que no existe. El arrastre de pérdidas no es un crédito líquido, ni genera saldos exigibles o transferibles. Pero el TAT decidió ignorar los límites del Código Fiscal y darle forma a una ficción jurídica que hoy compromete al Estado.
La Sala Tercera tiene ahora la responsabilidad de corregir este despropósito. No hacerlo sería avalar un asalto al erario sin explicación posible. No se puede premiar la creatividad contable por encima de la ley.
Ni es justo. Ni es bueno. Ni es legal.
