Una las empresas a las que le sirvió el doctor Justo Arosemena Quezada como consultor, fue la Compañía del Ferrocarril de Panamá en 1888, en las postrimerías de su vida. Fue su abogado, atendiendo sus obligaciones desde Panamá y algunas veces desde Nueva York.
Si bien exigido profesionalmente a proteger los intereses de esa compañía estadounidense, también fue lo suficientemente recto y objetivo frente a los del Estado colombiano y el territorio panameño cuando lo ameritara, sin disminuir su compromiso ético y jurídico con la empresa. Tanto así que al retirarse en Colón donde había llegado en 1891 hasta su deceso, es la Compañía del Ferrocarril la que le erige su última morada. Y cuando muere es cubierto por una bandera colombiana facilitada por el coronel James R. Shaler, Superintendente del Ferrocarril de Panamá quien al enterarse de su fallecimiento declara: “Hombres como éste quedan pocos en mi tierra”.
Recordemos que los gestores del movimiento secesionista de 1903, José Agustín Arango y Manuel Amador Guerrero eran funcionarios de la Compañía del Ferrocarril de Panamá en condición de agente especial el primero y médico cirujano el segundo, cuando se organiza la conjura separatista (Amador Guerrero también fungía como médico del Batallón Colombia).
Situación que utilizan los seguidores de la leyenda negra para quitarle todo rastro de legitimidad a su actuación y calificarlos como entregados al imperialismo. Contrario a la razón lógica que nos debe hacer entender, porque fueron los principales protagonistas del movimiento separatista y, sobre todo, realizar los contactos pertinentes para lograr el apoyo de Estados Unidos. Al ser ambos funcionarios de la Compañía del Ferrocarril de Panamá, nadie estaba mejor colocado que ellos para unificar esfuerzos e intereses coincidentes, a saber, el de los istmeños y su deseo independentista, el de los franceses y el traspaso de su quebrada compañía y el de los estadounidenses y su destino manifiesto.
Por otro lado, tenemos que, en 1888, año que Justo Arosemena ejerce como abogado de la Compañía del Ferrocarril, se procede a la liquidación de la prácticamente quebrada compañía francesa del conde Fernando de Lesseps, la llamada Compañía Universal del Canal Interoceánico. Es sucedida por la Compañía Nueva del Canal de Panamá al adquirir los derechos de aquella en 1894. Asimismo, obtiene 68,887 acciones de la Compañía del Ferrocarril de Panamá de las 70,000 expedidas.
Interesante destacar, además, que los intereses de la Compañía del Ferrocarril eran paralelos a la necesidad de independencia. Porque de no lograrse ésta y construirse el canal por Nicaragua, por ejemplo, otra bancarrota estaría a la vuelta de la esquina a saber, la del ferrocarril. No creo que la contratación de Justo Arosemena y posterior de Arango y Amador en el ferrocarril, sea más que una simple coincidencia. Como también lo sea que Arosemena haya sido contratado el mismo año que se liquida la compañía francesa (1888); pero demuestra que no era extraño que se contratara a panameños de las clases dominantes o de la burguesía transitista en este tipo de empresas y labores. Y el hecho de que aceptaran no los calificaba de traidores a la Patria ni nada parecido.
El 3 de noviembre de 1903 Justo Arosemena hubiera tenido ochenta y seis años. Una edad posible para que un ser humano tuviese la salud suficiente para comprender su entorno. Lamentablemente había fallecido siete años antes, a los setenta y ocho, el 23 de febrero de 1896 en recatada pobreza. Alejado de una fortuna que nunca tuvo a pesar de sus opulentos orígenes. Porque la abundancia de bienes la supedito a la parquedad y sencillez en sus hábitos. Se dedicó al servicio del Estado con honradez, desinterés y austeridad. Hubiera sido interesante ejercicio vislumbrar su posición o actuación respecto a los eventos de la independencia panameña que originan y crean la república.
Por otro lado, en el capítulo XXXIV de su libro Justo Arosemena, Octavio Méndez Pereira lo cataloga como “… partidario de la independencia del istmo”. Conclusión que saca al referirse a palabras de Arosemena que él mismo cita en su libro, en las que se refiere al sometimiento del Istmo de Panamá al Gobierno Central, a cuya geografía istmeña llegan descritos los sucesos del litoral colombiano “enteramente desfigurados” siendo las ideas y costumbres colombianas “… opuestas a las del Istmo”.
Agrega Méndez Pereira que tan despreciables son las repercusiones de la administración central en el Estado de Panamá, que podía el Istmo percibirse como “… gobernado hasta por Rusia”. De igual forma al aludir a Justo Arosemena como “el furor de ser” en su ensayo Naturaleza y forma de lo panameño, Isaías García Aponte coincide con Guillermo Andreve en que Justo Arosemena era adepto a la independencia política de Panamá.
Porque si bien es cierto que el Estado Federal no pretende la independencia sino la federación, los argumentos jurídicos, históricos, geográficos y políticos de este estudio superior del Estado nacional, apuntan a la descripción y a la compresión del Istmo en torno a sus derechos soberanos. Y esta reflexión que bosqueja una sustancia muy distinta al resto de Colombia, sería el fiel y puntual alegato para alcanzar la independencia de ésta en 1903.
El autor es abogado

