Los Acuerdos de Precios Anticipados (APAs, por las siglas en inglés de “Advance Pricing Agreement”) son arreglos celebrados entre un contribuyente y una o más autoridades fiscales para determinar, de antemano, la metodología y los criterios de valoración de las operaciones entre partes relacionadas, lo cual representa beneficios para ambas partes. Estos acuerdos buscan asegurar que los precios, tasas o contraprestaciones aplicadas en dichas operaciones se ajusten al principio de libre o plena competencia, es decir, que sean comparables a los que hubieran pactado partes independientes en condiciones similares.
Inicios de los APAs
Los APAs surgieron como una herramienta para proporcionar certeza y reducir las disputas fiscales en materia de precios de transferencia. La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) ha promovido el uso de los APAs como una práctica recomendada para la administración tributaria y los contribuyentes. Los primeros APAs se implementaron en países como Estados Unidos y Japón en la década de 1990, y desde entonces, su uso se ha extendido a nivel global.
Objetivo y beneficios
El objetivo principal de los APAs es proporcionar seguridad y previsibilidad tanto a los contribuyentes como a las autoridades fiscales en relación con precios de transferencia. Entre los posibles beneficios de los APAs, se pueden mencionar los siguientes:
Reducción de riesgos y disputas: Al acordar de antemano los criterios de valoración y metodología de precios de transferencia, se podrían minimizar las posibilidades de ajustes fiscales y disputas entre el contribuyente y la autoridad tributaria.
Seguridad jurídica: Los APAs podrían representar mayor seguridad jurídica a los contribuyentes, permitiéndoles coordinar y desarrollar sus operaciones con partes relacionadas con mayor confianza.
Ahorro de costos: Los APAs podrían resultar en un ahorro significativo de costos asociados a auditorías y litigios.
Mejora de relaciones: Los APAs podrían ser una herramienta que fomenta una relación más colaborativa y transparente entre los contribuyentes y las autoridades fiscales.
Normativa sobre APAs en Centroamérica y la República Dominicana
En la región, varios países mencionan o han adoptado normativas sobre APAs como parte del marco legal del régimen de precios de transferencia.
Por ejemplo, en los siguientes países, por mencionar algunos, se aplican APAs de acuerdo con el marco legal adoptado vigente: Costa Rica, República Dominicana y Guatemala.
En el caso de Honduras y Nicaragua, la normativa local en materia de precios de transferencia establece la posibilidad de celebrar APAs. No obstante, las administraciones tributarias de estos países no han emitido un reglamento con los procedimientos para aplicar APAs.
¿Cuál es la situación de Panamá en materia de APAs?
Hasta la fecha, Panamá no ha implementado una normativa específica sobre APAs en materia de precios de transferencia. Por lo tanto, no existe el marco legal detallado para propiciar la solicitud y uso de APAs en Panamá.
Ahora bien, considerando la tendencia en la región sobre el uso de esta herramienta y en el contexto de alinearse con las mejores prácticas de tributación internacional, la adopción de una regulación sobre APAs debería ser un tema de interés y discusión en el país.
Importancia de la Regulación de APAs en Panamá
Para países como Panamá, que es un destino competitivo para el establecimiento de operaciones de grupos multinacionales de toda industria y tamaño, la implementación de una regulación sobre APAs es de suma importancia por varias razones:
Atraer inversión extranjera: La certeza y previsibilidad que ofrecen los APAs pueden hacer que Panamá sea un destino más atractivo para la inversión extranjera, al reducir los riesgos fiscales para las empresas multinacionales, en materia de precios de transferencia.
Adopción de tendencias en tributación internacional: La adopción de APAs alinea a Panamá con las mejores prácticas internacionales, tal como han hecho otros países de la región, así como con las recomendaciones de la OCDE, promoviendo su competitividad como destino de inversión.
Fortalecimiento de la administración tributaria: La implementación de APAs puede fortalecer la capacidad de la administración tributaria local para estudiar y conocer negocios y transacciones complejas desde la perspectiva de precios de transferencia. A su vez, permite una gestión eficiente del recurso humano, quien puede entonces dedicar tiempo a otras funciones, al reducir las auditorías y litigios.
Prevención de la erosión de la base imponible: Los APAs pueden ayudar a prevenir la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios (BEPS, por las siglas en inglés de “Base Erosion and Profit Shifting”), asegurando que las operaciones entre partes relacionadas se realicen a precios de mercado (principio de libre o plena competencia).
Para implementar una normativa sobre APAs, Panamá podría considerar los siguientes pasos:
Desarrollo y emisión de un marco legal y/o normas técnicas: Adoptar normativa y/o guías adicionales sobre APAs en Panamá, para incluir disposiciones específicas sobre los requisitos, formalidades y procesos para convenir APAs.
Capacitación y fortalecimiento institucional: Capacitar al personal de la administración tributaria local en la evaluación y negociación de APAs, y fortalecer la capacidad institucional para gestionar estos acuerdos.
Consulta pública y colaboración: Realizar consultas públicas con el sector privado y colaborar con organizaciones internacionales para desarrollar una normativa que sea efectiva y práctica.
Conclusión
Aunque Panamá aún no ha implementado una normativa específica sobre APAs, la adopción de esta herramienta sería un paso significativo hacia la modernización de su sistema fiscal y la mejora de su competitividad internacional. La implementación de APAs proporcionaría certeza y previsibilidad a los contribuyentes, reduciría riesgos fiscales, representaría un avance hacia una mayor seguridad y transparencia en materia de precios de transferencia y fomentaría una relación más colaborativa entre las empresas y la administración tributaria.
El autor es gerente de Precios de Transferencia en EY Panamá.

