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Las modificaciones a la ley de seguro obligatorio

Las redes sociales ardieron con las últimas modificaciones a la ley de seguro obligatorio, que estableció el requerimiento de que la póliza del vehículo cuente con una vigencia de, por lo menos, 90 días al momento de realizar el revisado del auto o comprar la placa del vehículo en el municipio. Recientemente, salió publicada en Gaceta Oficial las modificaciones a la Ley 14 de 1993 y la Ley 122 de 2013, relativas al seguro obligatorio.

El seguro obligatorio en Panamá es una reglamentación de vieja data que hizo su aparición cuando se reguló el transporte terrestre público de pasajeros hace ya casi 30 años. Desde su introducción, este requerimiento fue un dolor de cabeza para las autoridades que carecían de las herramientas necesarias para validar el cumplimiento de lo establecido en la ley.

Esto fue así hasta el año 2018, cuando la AIG, en conjunto con la Superintendencia de Seguros y en colaboración con la ATTT y la Policía Nacional, desarrolló e implementó, luego de muchas consultas con la industria aseguradora y con la Asociación de Distribuidores de Autos, la plataforma tecnológica conocida como SOAT, la cual permite almacenar en un solo repositorio de datos las pólizas vehiculares activas de todas las aseguradoras que comercializan el seguro obligatorio.

Si bien es muy válida la preocupación de los diputados de que todos los autos que circulen en el territorio cuenten con el seguro obligatorio (hoy día conocido como SOAT), el requerir que la póliza tenga una vigencia de tres meses a la hora de revisar el mismo como medida de presión para el cumplimiento de la ley, es una exigencia que carece de efectividad.

Gracias a la implementación de la plataforma SOAT se pudieron detectar una gran cantidad de pólizas falsas que eran comercializadas para cumplir con el requisito del revisado. Ante la carencia de un método de validación rápido y fiable, no había más opción que dar por buena la póliza que se presentaba a la hora de realizar el trámite o al ser detenido en un retén. No podemos dejar de mencionar a los involucrados en un accidente de tránsito menor que, actuando de buena fe, optaron por completar el formato único y definitivo para accidentes de tránsito, solo para descubrir posteriormente que la póliza del otro automóvil era falsa o no estaba vigente al momento de la colisión.

La exigencia de una vigencia de tres meses al realizar el trámite de la placa solo va a acarrear un gasto innecesario a casi un millón de conductores que hoy cumplen con la ley. Las pólizas de auto son emitidas con una vigencia de 12 meses y no menos. Tampoco podemos descartar la confusión y las consecuencias que esta medida pueda acarrear en los miembros de la Policía y a los inspectores de la ATTT, muchos de los cuales desconocen lo establecido en la Resolución OAL-424 de abril de 2018, que permite el uso de la plataforma para efectuar una fiscalización de la póliza en todo momento. Sería bueno reforzar el entrenamiento en el uso de la herramienta.

Por medio del uso de la plataforma, las autoridades pueden identificar, mediante una corrida de la base de datos, a todos los autos que no tengan una póliza vinculada a su placa y pueden tomar medidas correctivas sin tener que esperar el día del revisado o pago de la placa. Muchos municipios no tienen conexión a internet para validar si el documento que se les presenta es original o no. Los municipios dependen del ingreso que genera el pago de las placas para cumplir con su presupuesto.

Solo el uso de la tecnología evitará que regresemos a los días de las pólizas falsificadas (negocio lucrativo para algunos) o de solicitar vigencias adicionales, que solo se traducen en otro golpe económico al consumidor, especialmente ahora, cuando la magdalena no está para tafetanes.

El autor es especialista en seguros.


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