La reciente demolición del monumento dedicado a la comunidad china en Panamá, ubicado en el mirador del Puente de las Américas, ha desatado un amplio debate. La estructura fue derribada la noche del 27 de diciembre, por instrucciones de la Alcaldía de Arraiján, que justificó la medida por el avanzado deterioro del monumento, el cual —según el municipio— representaba un riesgo para visitantes y turistas. La ejecución nocturna, en pleno periodo festivo, generó cuestionamientos sobre la transparencia del procedimiento y la ausencia de comunicación previa.
El Ejecutivo calificó la demolición como “imperdonable” y dispuso la reconstrucción del monumento en su ubicación original, subrayando su valor simbólico para una comunidad significativa por su presencia histórica y aportes al país.
La comunidad china, junto con su asociación y la embajada, criticó la falta de consulta, la negativa municipal a considerar propuestas de restauración y la decisión de actuar sin aviso previo, solicitando que el monumento sea reconstruido en el mismo lugar. El caso revela tensiones entre la obligación estatal de proteger el patrimonio cultural y la necesidad de garantizar la seguridad pública ante estructuras deterioradas.
Aunque el monumento no estaba formalmente reconocido como patrimonio nacional bajo la Ley 14 de 1982, su demolición expuso vacíos procedimentales, responsabilidades difusas en el mantenimiento y la ausencia de protocolos claros para intervenir bienes simbólicos no declarados. La controversia se intensificó en un contexto geopolítico sensible, marcado por referencias a tensiones recientes vinculadas al Canal de Panamá y la competencia entre Estados Unidos y China.
En Panamá, la protección del patrimonio cultural se sustenta en el artículo 81 de la Constitución, que reconoce la cultura nacional como el conjunto de manifestaciones artísticas, filosóficas y científicas creadas en el país, y asigna al Estado la responsabilidad de promoverla y resguardarla. La Ley 14 de 1982 establece directrices para la conservación del patrimonio histórico y define competencias del Ministerio de Cultura. Sin embargo, para bienes no declarados formalmente como patrimonio histórico nacional, no existe una protección automática estricta que impida intervenciones.
Las alcaldías, como autoridades locales, tienen competencias en materia de seguridad pública, ordenamiento territorial y obras municipales. En la práctica, si una estructura presenta un riesgo inminente, la autoridad local puede ordenar su demolición bajo criterios de seguridad, sin requerir una declaratoria patrimonial previa. Esto no implica que la acción sea ideal o exenta de controversia: la ausencia de declaratoria no elimina el valor simbólico o cultural, ni sustituye la necesidad de coordinación con el Ministerio de Cultura.
La alcaldía defendió la legalidad de la demolición, alegando que el terreno es de propiedad municipal y que no requería autorización del Ministerio de Obras Públicas, entidad que negó haber participado. No obstante, la falta de diálogo con la comunidad china —que había denunciado el deterioro y ofrecido financiar la restauración— evidenció la ausencia de mecanismos de consulta y de evaluación pública de alternativas.
Esta situación contrasta con estándares internacionales, como la Convención de la Unesco de 1972 —ratificada por Panamá en 1978—, que promueve la preservación preventiva y la participación comunitaria. Dado el valor simbólico del sitio, resultaba razonable otorgar una protección patrimonial provisional, pues el deterioro por negligencia no justifica decisiones unilaterales sin agotar opciones menos drásticas.
Una comparación regional muestra marcos más robustos. En México, la ley federal centraliza decisiones en el INAH y privilegia la restauración; en Argentina, la demolición por negligencia puede judicializarse; en Brasil, el sistema de tombamento penaliza el deterioro intencional; en Perú, se exigen autorizaciones y estudios de impacto patrimonial; y en Chile y Colombia operan consejos nacionales con protocolos técnicos obligatorios. Todos priorizan la seguridad, pero incorporan evaluaciones independientes, consulta comunitaria y control centralizado.
La demolición del monumento a la comunidad china evidencia tensiones entre seguridad pública y preservación cultural, agravadas por la falta de transparencia y diálogo. Convertir esta crisis en oportunidad exige fortalecer la legislación mediante declaratorias provisionales, consultas obligatorias, incentivos al mantenimiento preventivo y mayor rendición de cuentas. El patrimonio no es solo un objeto material: es un vínculo vivo con la historia, cuya protección fortalece la cohesión social y las relaciones internacionales en una nación diversa como Panamá.
El autor es abogado, docente y doctor en Derecho.

