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Los 72 productos de primera necesidad, ¿dónde se compran?

Según el artículo 199 de la Ley 45 de 2007, de manera excepcional y de forma temporal se pueden regular los precios de los bienes y servicios, siempre que se advierta la existencia de restricciones dentro del mercado o el inicio de una práctica monopolística generalizada que constituya una amenaza inminente contra el consumidor y la libre competencia.

La norma habla de manera excepcional y de forma temporal, ya que la regulación de precios en un mercado de libre competencia a la larga lo que puede producir es escasez de productos o simplemente que no se produzcan, que es mucho peor que tener un producto a un precio alto.

Sobre la mesa del diálogo se discute la regulación del precio de 72 productos de primera necesidad; sin embargo, regular el precio final de los alimentos sin entrar a ver todos los agentes económicos que intervienen en la cadena de comercialización es un error que puede provocar el cierre de muchas tiendas de abarrotes que incluso cumplen una función social, al llevar los productos a áreas lejanas, procurando un pequeño margen de ganancia.

De todos es sabido que Panamá es un país lleno de oligopolios y la comercialización de alimentos tiene un cuello de botella a nivel de las grandes cadenas de supermercado, donde presuntamente pudieran estar ocurriendo prácticas monopolísticas, como por ejemplo, la imposición del precio de venta a los productores de alimentos que se ven obligados a aceptar las condiciones unísonas de este grupo, es un ejemplo hipotético.

Por ende, el gobierno y los sectores sociales, a fin de garantizar el acceso a los productos de primera necesidad a toda la población, deben regular los márgenes de ganancia en los diferentes niveles de la comercialización de alimentos, tomando en cuenta los costos de producción y una ganancia razonable, lo cual da como resultado un precio final justo, que puede variar atendiendo a circunstancias particulares.

Regular los precios de los alimentos sin generar escasez y asegurando su producción, no se hace a la carrera; se requiere información, capacidad, entender de economía pero, sobre todo, valor para tomar la decisión correcta.

Con pena he observado que en la mesa del diálogo la Acodeco delega la responsabilidad de la regulación del precio final (que es un error) en el Ministerio de Comercio e Industrias (Mici), situación que no le quita responsabilidad ya que, por ley, la Acodeco es la encargada de realizar estudios sobre el comportamiento del mercado. Quien conoce el mercado de alimentos y el cuello de botella de las grandes cadenas de supermercado es la Acodeco, no el Mici. De seguir con esa línea, pueden llevar al país completo a una escasez total de alimentos, donde el poco alimento -si se trae o produce- se va a ver incrementado en su precio hasta las nubes.

Regular los precios de los alimentos sin generar escasez y asegurando su producción a través de la regulación temporal de los márgenes de ganancias en los diferentes niveles de la cadena de comercialización de alimentos, es un arte que algunos no dominan, pero con las personas correctas, primero Dios, el gobierno, los sectores sociales y la sociedad en general, saldremos adelante.

El autor es abogado especialista en derecho de consumo y de la competencia


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