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Réplica sobre: La retención de hasta $21.1 millones en cuentas ligadas a Ricamar

Réplica sobre: La retención de hasta $21.1 millones en cuentas ligadas a Ricamar
Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP)

05 de abril de 2024 SBP-2024-02252

Licenciada

Annette Planells

Presidenta

Corporación La Prensa, S.A. Ciudad

Licenciada Planells:

Ref.: Publicación diario La Prensa – 1 y 2 de abril de 2024.

Por medio de la presente, llamamos su atención sobre la noticia publicada tanto en la versión digital del diario La Prensa del 1 de abril del presente año, como en la edición impresa del día 2 de abril, por medio de la cual informa la periodista Mónica Palm “Los bancos reciben la orden de retener hasta $21 millones en cuentas ligadas a Importadora Ricamar” y “Declaran retención de hasta $21.1 millones en cuentas relacionadas a Ricamar”, respectivamente, de las cuales se desprende el siguiente texto:

“La información sobre el secuestro de las cuentas bancarias y otros bienes de Importadora Ricamar fue obtenida de fuentes bancarias y de la Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP), que empero, no dieron detalles sobre la medida.”

En atención con lo anterior, queremos compartir de manera enfática y con todo respeto nuestras consideraciones, vistas desde el marco legal y, en específico, desde la competencia de esta Superintendencia, habida cuenta de que esta Superintendencia no tiene facultades legales para “ordenar el secuestro de las cuentas bancarias y otros bienes”, por lo cual la noticia, en lo que respecta a tal afirmación, que alude a la SBP, como entidad autónoma representada por el suscrito Superintendente, dista de una prolija verificación del citado marco legal que nos ampara, máxime que no hemos proferido comunicación sobre el tema y no hemos sido contactados de manera formal para referirnos al mismo, dado que, como es de su conocimiento, dicha materia se encuentra atribuida por Ley, a la Dirección General de Ingresos (DGI), del Ministerio de Economía y Finanzas.

En consecuencia con lo señalado en dicha publicación, la misma ha trascendido y se ha difundido, dejando a esta Superintendencia en su rol de ente público, como omiso en preservar posible información de carácter reservado y confidencial, que en última instancia, corresponde revelar a otras autoridades, como pudieran ser aquellas en materia tributaria, de ser el caso y si así lo permiten las normas y leyes que le son aplicables.

Por las anteriores consideraciones, planteamos nuestro derecho a réplica, y que sea relevada la Superintendencia de Bancos, de forma pública, como fuente u origen oficial de la información presentada en dicha noticia.

Atentamente,

Amauri A. Castillo

Superintendente

c.i. Rita Vásquez – Directora Editorial – Diario La Prensa

Mónica Palm – Periodista – Diario La Prensa

*Las réplicas son publicadas tal como son enviadas por su autor. La Prensa no modifica, edita o corrige su contenido.

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