La industria de la construcción ha sido históricamente uno de los principales motores de la economía nacional, generando empleo, atrayendo inversión y facilitando el acceso de miles de familias panameñas a una vivienda digna. En este contexto, los incentivos fiscales y financieros, como los intereses preferenciales, han sido herramientas fundamentales para dinamizar el sector, especialmente en momentos de desaceleración económica o incertidumbre.
Sin embargo, la reciente promulgación de la Ley 468 de 2025, que regula los intereses preferenciales para la compra de viviendas, lejos de impulsar el sector, ha introducido elementos que han generado preocupación tanto en desarrolladores como en compradores. En lugar de fungir como un estímulo para el crecimiento y la accesibilidad, esta norma se ha convertido en un obstáculo, particularmente por la redacción y aplicación de su artículo 12, cuya interpretación ha desincentivado el financiamiento bancario y frenado nuevos proyectos residenciales.
Un cambio de rumbo que preocupa
La nueva ley, aunque bien intencionada en su concepción —lograr una distribución más equitativa de los beneficios fiscales y promover mayor transparencia en el uso de subsidios—, ha sido recibida con recelo por actores clave del sector. El artículo 12, al establecer que el banco debe sentarse con el cliente para realizar una evaluación financiera del beneficiario, se ha convertido en el freno de lo que prometía ser una ley dinamizadora de la economía.
Esto ha tenido un efecto directo en los desarrolladores, que han visto disminuir la demanda de nuevas viviendas al encarecerse los préstamos para la clase media. También ha impactado a las familias trabajadoras, que ahora encuentran más difícil cumplir con los requisitos para acceder a un financiamiento asequible.
Efectos en cadena para la economía
La ralentización del sector construcción tiene efectos multiplicadores negativos: caída en la generación de empleos, disminución de la compra de materiales, menor dinamismo comercial en zonas urbanas y suburbanas, y una desaceleración en la recaudación fiscal relacionada con actividades inmobiliarias. Todo esto ocurre en un momento en que Panamá necesita con urgencia activar su economía interna y ofrecer soluciones habitacionales reales.
La necesidad de una revisión técnica y concertada
Resulta indispensable que el Órgano Ejecutivo y la Asamblea Nacional convoquen a una mesa técnica con participación de los sectores bancario, constructor y de compradores de vivienda, para revisar los puntos críticos de la Ley 468, en especial el artículo 12. La normativa debe ajustarse a la realidad del mercado y a las necesidades de las familias, manteniendo un equilibrio entre el uso responsable de los subsidios y la promoción efectiva del acceso a la vivienda.
El país no puede darse el lujo de frenar uno de sus sectores económicos más importantes por disposiciones que, aunque bien intencionadas, no han sido debidamente armonizadas con la dinámica real del mercado. Recordemos que la construcción aporta cerca del 20% del PIB en nuestro país.
La revisión de la Ley 468 de 2025 no solo es necesaria: es urgente. Recuperar la confianza del sector financiero, estimular la inversión inmobiliaria y permitir a las familias acceder a viviendas a precios razonables debe ser una prioridad nacional. Solo así lograremos que la política pública de intereses preferenciales cumpla su verdadero propósito: ser un motor de inclusión, desarrollo y prosperidad para todos.
La autora es abogada.
