La sanción moral consiste en la desaprobación o castigo que merece el incumplimiento o la violación del deber. Esta desaprobación puede recaer en una persona natural o jurídica, en una entidad estatal, en una oenegé o en una entidad pública.
En Panamá, poco se conoce de este tipo de sanción, al punto de que muchas personas ignoran en qué consiste. El panameño desaprueba ciertos actos inmorales o legales, pero tiende a mirar con ligereza otros tipos de conductas irregulares. Algunas personas presumen que sus gobernantes de turno van a robar, y no se sorprenden mayormente cuando eso sucede.
En ciertas sociedades, la opinión pública es bien estricta sobre el desempeño de sus gobernantes, al punto de que escudriñan su pasado para determinar si han cometido algún delito o falta. A varios políticos de Europa y Estados Unidos, les ha costado su carrera el haber cometido faltas contra la ética, como relaciones extramatrimoniales, relaciones sexuales con menores de edad, etc. Basta recordar el caso de un conocido expresidente italiano.
La ley que crea la Defensoría del Pueblo establece que esta oficina puede poner en conocimiento de la opinión pública nacional el contenido de sus investigaciones y resoluciones, cuando lo considere útil y oportuno para reparar una violación a los derechos humanos o para denunciar una práctica administrativa irregular.
La sanción moral funciona en diversas formas. Hace poco escuché sobre infantes que rehusaban ir a la escuela porque sus compañeros le echaban en cara que su padre era un narcotraficante. Obviamente, un padre que sufre este reproche considerará con mayor seriedad enmendar su conducta y actividades delictivas. Se trata de algo cruel, pero sucede con relativa frecuencia en nuestras aulas escolares. Entre los miembros del sexo femenino se les hace un vacío o desaire a las mujeres que son promiscuas o prostitutas. Muchas mujeres rehúsan socializar con ellas o las miran a menos.
Hace años, recuerdo haber escuchado a un sacerdote católico advertirle a los feligreses de su parroquia de que debían evitar el trato con ciertas personas que habían sido excomulgadas. No estoy seguro de si esa sanción todavía es considerada por la Iglesia católica, pero no cabe duda de que escuchar esta advertencia desde el púlpito es algo impactante.
También recuerdo el caso de un varón que acostumbraba ingerir licor en las fiestas hasta quedar totalmente borracho. Tenía una hija –que era lo que más quería en la vida– quien iba a cumplir 15 años, y decidió hacerle una gran fiesta. Le preguntó a su hija qué quería que le regalara para su cumpleaños, y la hija le dijo que el mejor regalo para ella sería que no tomara licor durante la fiesta. Este señor escarmentó, y no solamente evitó el licor durante la fiesta de 15 años, sino que dejó de tomar licor cuando iba a las fiestas.
Piensen en el diputado que engañó a sus electores y quiere reelegirse, en el tesorero de la cooperativa que se robó los fondos, en las personas que amonestan en público a sus hijos con castigos corporales extremos, en las que derrochan el agua potable cuando otros no la tienen, en las que acostumbran celebrar fiestas ruidosas a altas horas de la noche y no dejan dormir al vecindario.
La sanción moral es una poderosa arma que, bien usada por la sociedad, puede disuadir a una persona natural o jurídica de cometer actos delictivos o que atenten contra el bien común. Percibida en esta forma, la sanción moral tiene un valor positivo y es un concepto que debe fortalecerse para evitar desmanes y conductas reprochables contra el ordenamiento jurídico y contra la sociedad.
