El desenlace fatal de Amanda Lucía Martínez ha puesto nuevamente en evidencia la dolorosa realidad panameña: la violencia contra las personas trans es letal. Ella fue apuñalada en las calles de El Chorrillo, en agosto de 2024, por alguien que los medios de comunicación señalaron como su pareja. Sin embargo, este crimen atroz refleja, desde mi punto de vista, que el verdadero responsable de su muerte es también un sistema que sigue fallando debido a la ausencia de leyes que prevengan y sancionen adecuadamente estos hechos.
El transfemicidio se define, según el Protocolo para la Investigación y Litigio en los Casos de Travesticidios y Transfemicidios, como “el extremo de un continuo de violencias que comienza con la expulsión del hogar, la exclusión del sistema educativo, del sistema sanitario y del mercado laboral, la iniciación temprana en el trabajo sexual, el riesgo permanente de contagio de enfermedades de transmisión sexual, la criminalización, la estigmatización social, la patologización, la persecución y la violencia policial. Este entramado de violencia constituye la realidad en la que se desarrollan travestis y mujeres trans y se refleja en la mengua de posibilidades y expectativas”.
Esta modalidad de femicidio, ya codificada en varias legislaciones de nuestro continente, se refiere a un tipo específico de violencia compuesto por la propia semántica del término, pues considera tanto la situación de la víctima como su manifestación en la construcción social imperante. Tanto el femicidio como el transfemicidio comparten el mismo objetivo: proteger los derechos humanos y el reconocimiento de la identidad del individuo, incluso después de su muerte, como parte de la obligación integral de los Estados de prevenir y castigar los crímenes de género.
Como señala Mauro Cabral, “ser travesti o trans tiene consecuencias materiales y simbólicas en las condiciones de su existencia”. Esta frase subraya la profunda injusticia que enfrentan las personas trans, tanto en vida como después de muertes violentas. Así, el homicidio de Amanda Lucía es un recordatorio doloroso de que, a pesar de los esfuerzos de las organizaciones y del supuesto avance de nuestra sociedad, esta comunidad sigue siendo objeto de violencia sistémica y discriminación.
En Panamá, no existe aún una tipificación del delito de transfemicidio en nuestras leyes. Sin embargo, si hubiera una visión de justicia con perspectiva de género y de derechos humanos, estos casos se juzgarían como todos los demás en los que se encuentran elementos en los que el género y el odio motivan al agresor, exponiendo a la víctima a la última expresión de violencia ejercida contra la identidad femenina.
Por ello, el sistema de justicia en nuestro país debe evolucionar lo más pronto posible. Es indispensable, para alcanzar la justicia social, clasificar correctamente este tipo de homicidios y adoptar medidas concretas con el fin de prevenir, sancionar y evaluar los agravantes con equidad mediante un enfoque legal robusto que garantice políticas públicas orientadas a eliminar el círculo de impunidad que hoy amenaza violentamente a las personas trans.
La autora es abogada
