Tres presidentes y un cuarto puente

El objetivo de este escrito es solicitar la inmediata suspensión de la construcción del cuarto puente sobre el Canal de Panamá, por considerarse inconstitucional y perjudicial. En su lugar, proponemos la planificación urbana profesional de los distritos de Arraiján, La Chorrera y Panamá.

El contenido de esta nota es el resultado de conversaciones entre residentes de las Áreas Revertidas del Canal y personas de otras comunidades en Ciudad de Panamá. Participaron ingenieros, abogados, planificadores urbanos y otros, con más de 20 años de residencia en comunidades regidas por la Ley 21 de 1997, conocida como Ley de Ciudad Jardín, que promueve la participación ciudadana.

También recibimos opiniones de residentes de Arraiján y La Chorrera que viajan diariamente a la ciudad de Panamá para trabajar y estudiar. Muchos se trasladan para recibir servicios médicos no disponibles en sus comunidades.

¿Qué nos dice la Constitución?

Extractos del artículo 233:

“Al Municipio, como entidad fundamental de la división político-administrativa del Estado, con gobierno propio, democrático y autónomo, le corresponde prestar los servicios públicos y construir las obras públicas que determine la Ley y ordenar el desarrollo de su territorio, promover la participación ciudadana, así como el mejoramiento social y cultural de sus habitantes”.

“El Órgano Ejecutivo garantizará el cumplimiento de estos fines dentro del proceso de descentralización de la competencia y función pública que el Estado panameño promoverá y realizará en base a los principios de autonomía, subsidiariedad, equidad, igualdad, sostenibilidad y eficiencia, y considerando la territorialidad, población y necesidades básicas de las municipalidades.”

El principio de subsidiariedad mencionado en el párrafo anterior es un concepto fundamental en la teoría política y jurídica que establece que las decisiones y acciones deben tomarse al nivel más cercano a los ciudadanos o a la comunidad afectada. El artículo 233 de la Constitución dispone que le corresponde al Municipio, no al Ejecutivo, decidir si construir o no un puente. La planificación urbana es responsabilidad del Municipio. ¡El Ejecutivo debe garantizar el plan municipal, no imponer el suyo!

¿Cuál es el problema?

Se estima que entre 50,000 y 80,000 vehículos entran y salen de la ciudad de Panamá seis días a la semana: del norte, Colón y la carretera Transístmica; del oeste, Arraiján y La Chorrera; y del este, San Miguelito, Tocumen y Chepo. Residentes de los distritos de Arraiján y La Chorrera han reportado que pasan de tres a cinco horas diarias en sus autos, viajando entre sus residencias y su lugar de trabajo. Esta rutina diaria es insana.

Tres presidentes de Panamá, en sus respectivos periodos presidenciales, consideraron que con la construcción de un cuarto puente sobre el Canal se “podría” reducir el tiempo de traslado diario. Los presidentes Varela (2014-2019), Cortizo (2019-2024) y Mulino (2024-2029) mostraron disposición de gastar miles de millones de dólares para lograr este objetivo, sin tener idea cierta de cuánto se reduciría realmente el tiempo de viaje.

El presidente Varela quiso construir el cuarto puente, pero no logró los fondos. El presidente Cortizo los consiguió, pero no pudo iniciar la construcción antes de que concluyera su mandato. El presidente Mulino ha obtenido dos mil millones de dólares para construir el cuarto puente.

Actualmente se construye el cuestionado cuarto puente. Siete días a la semana, residentes de Balboa y La Boca reportan ruido de equipos de perforación a altas horas de la noche; además, se violan leyes que protegen la salud de quienes viven cerca de los sitios de construcción. ¡Construir sobre el Cerro Sosa viola directamente la Ley 21 de 1997! Un puente fijo en ese sitio causaría impactos negativos permanentes, como ruido y contaminación atmosférica, que actualmente no existen.

Nadie sabe si el cuarto puente reducirá realmente el tiempo de viaje diario de los residentes de Arraiján y La Chorrera. ¿Por qué gastar dos mil millones de dólares sin tener claro el beneficio para la ciudadanía? En los últimos siete años, ciudadanos han publicado en los periódicos nacionales una multitud de opiniones explicando por qué el cuarto puente es una mala idea.

El presidente Mulino ha sido mal asesorado y transgrede la Constitución al ordenar la construcción del dañino cuarto puente.

La Constitución es clara al indicar que la autoridad municipal es la responsable del desarrollo urbano. La Dirección de Desarrollo Urbano Municipal cuenta con planificadores urbanos y arquitectos especializados, expertos en desarrollo urbano. Proponemos asignar el tema del transporte y la “viajadera” a los planificadores de los municipios de Panamá, Arraiján y La Chorrera.

Dadas las condiciones descritas, ningún urbanista serio aprobaría la construcción de un puente. Primero buscarían crear empleo local. Planificarían la construcción de clínicas, hospitales, bancos, universidades, laboratorios y centros de recreación para Arraiján y La Chorrera. Esto se lograría en menos tiempo y a un costo mucho menor que el asignado al cuarto puente. Además, cumpliría con el mandato constitucional.

¿Cómo se pone orden en el desorden creado por un acto inconstitucional del presidente? El presidente, como todo ciudadano, debe cumplir y hacer cumplir la Constitución.

El autor es ingeniero.


LAS MÁS LEÍDAS

  • Gobierno contrata a multinacional estadounidense para diseñar el quinto puente sobre el Canal. Leer más
  • Cuarto Puente sobre el Canal de Panamá: así será el Intercambiador del Este en Albrook. Leer más
  • Denuncia ante el Ministerio Público frena contrato millonario de piscinas que firmó la Alcaldía de Panamá. Leer más
  • Días feriados y fiestas nacionales en Panamá 2026: Calendario detallado. Leer más
  • Grupo Cibest acuerda vender Banistmo en Panamá a Inversiones Cuscatlán. Leer más
  • Trasladan a la directora del Cefere por el caso de La Parce. Leer más
  • Ministerio Público investiga presunta corrupción en el otorgamiento de trabajo comunitario a La Parce. Leer más