El pleno de la Asamblea Nacional aprobó de forma unánime, en tercer debate, el proyecto de ley sobre los gastos deducibles al impuesto sobre la renta a favor de los contribuyentes que incurren en gastos escolares.
El diputado del Partido Popular, Juan Carlos Arango, proponente de esta iniciativa, resaltó que este proyecto de ley va en la dirección de ayudar a los profesionales y padres de familia que hacen una inversión y sacrificio en una escuela particular.
Con esta normativa se busca ayudar a ese sector de la clase media donde descansa la estructura económica del país y está la mayor cantidad de población, dijo por su parte el diputado panameñista Gabriel Soto.
Así, el artículo 709 del Código Fiscal establece que, una vez computada la renta gravable sobre la cual se ha de pagar el impuesto sobre la renta, las personas naturales tendrán derecho a las siguientes deducciones anuales: los gastos escolares incurridos con respecto a los dependientes menores de edad del contribuyente, incluyendo la matrícula y la mensualidad escolar, así como los útiles escolares y el transporte escolar, relacionados con el primer nivel de enseñanza o educación básica general y el segundo nivel enseñanza o educación media.
También establece que serán deducibles los gastos incurridos con respecto al tercer nivel de enseñanza o educación superior de los dependientes mayores de edad del contribuyente, que aún se encuentren bajo su tutela, relativos al pago de la matrícula y horas crédito. Esta deducción también podrá ser aplicada a los contribuyentes que sufraguen sus propios estudios.
De igual forma, dispone que los padres cuyos hijos tengan un grado de discapacidad, que implica una movilidad reducida, tendrán el derecho a la deducción de la totalidad de los gastos a lo que se refiere el artículo 709.
