El Foro Ciudadano Pro Reformas Electorales solicitó al Tribunal Electoral (TE) que reconsidere el contenido del artículo 23 del Decreto 12 del 21 de marzo de 2018, mediante el cual se establece como fecha límite el 3 de enero de 2019 para que los precandidatos por la libre postulación procedan a “designar a su suplente”.
"Consideramos, basándonos en el principio de igualdad y equidad de condiciones entre los participantes en el próximo torneo electoral, que la norma es incompatible y desventajosa para los precandidatos de libre postulación, toda vez que será a partir del 6 de enero de 2019 que se podría conocer cuáles precandidatos lograrán una candidatura", manifiesta Roberto Troncoso, coordinador del foro, en la carta dirigida al magistrado presidente del TE, Heriberto Araúz.
Por lo tanto –continúa exponiendo Troncoso– la posibilidad de designación de los suplentes o vicepresidentes, según sea el caso, tendría más relevancia cuando conozcamos dichos resultados.
A juicio del representante del foro, de no enmendarse lo anterior “estaríamos posiblemente frente a una vulneración de los derechos y garantías amparados por nuestra Constitución Nacional”. 
Cabe recordar que solo serán reconocidos como candidatos presidenciales los tres aspirantes con la mayor cantidad de firmas válidas, siempre que hayan superado la cantidad mínima de firmas requeridas por ley (18 mil 542).

