JURISPRUDENCIA.

Ordenan investigar a periodista por divulgar nombre de menores

Ordenan investigar a periodista por divulgar nombre de menores
Ordenan investigar a periodista por divulgar nombre de menores

En un hecho sin precedentes, una jueza de Niñez y Adolescencia, en la provincia de Herrera, anuló todo el proceso seguido a dos menores de edad que fueron detenidos en un asalto, con arma de fuego, a una joyería en Chitré debido a que sus nombres aparecieron en una noticia en el diario El Siglo.

La decisión de la jueza Blanca Solano Castillero se produjo a pedido de la defensora de oficio de uno de los adolescentes investigados, quien adujo que con esa noticia a su representado se le vulneró el principio de protección a la privacidad y a la confidencialidad, consagrado en la Ley 40 de 1999 sobre el Régimen Especial de Responsabilidad Penal para la Adolescencia. (Ver tabla)

La noticia, bajo la responsabilidad de Efraín Lao, apareció el 28 de enero de 2008. En ella se divulgó nombres y edades de los detenidos, datos que fueron facilitados por la Policía Nacional (PN). El reporte sirvió para que la jueza no solo declarara la nulidad absoluta de lo actuado y el archivo del proceso, sino que ordenó al Ministerio Público una investigación sobre la actuación del periodista y del diario, al igual que el papel de la PN.

REACCIONES

Tras la medida adoptada surgieron reacciones. La Fiscalía Segunda de Herrera, al exponer su oposición al pedido de nulidad de la defensa, dijo que acoger esta solicitud establecería un “precedente nefasto” debido a que resultaría un medio eficaz para lograr la impunidad en aquellos delitos cometidos por adolescentes, porque cualquiera que tenga interés en ello, solo accede a un medio de comunicación, brinda detalles sobre el caso y, luego, reclama la nulidad.

Al respecto, Jean Marcel Chéry, quien asumió la dirección de El Siglo el 1 de mayo de 2008, dijo que esa decisión demuestra la impunidad en el sistema porque, por un error humano, se trata de justificar la absolución de delincuentes.

Su colega, Fernando Correa, presidente del Consejo Nacional de Periodismo, criticó que, basado en un “exceso de legalismo” se pretenda ahorcar al mensajero de malas noticias.

Jorge Giannareas, quien participó en la elaboración de la referida norma, dijo que “la Ley 40 no promueve la impunidad, sino que establece castigo sí; pero con justicia y garantías”.

Una fuente judicial opinó que la interpretación de la jueza es incorrecta. El tema de la reserva de la identidad no es causal de nulidad absoluta. “Solo puede servir para que alguna de las partes pida que esa prueba no sea considerada dentro del proceso”.


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