EDUCACIóN Y SEXUALIDAD

Pasa el primer debate el proyecto de ley 61; tuvo al menos 10 modificaciones

Pasa el primer debate el proyecto de ley 61; tuvo al menos 10 modificaciones
Pasa el primer debate el proyecto de ley 61; tuvo al menos 10 modificaciones

La Comisión de Salud, Trabajo y Desarrollo Social de la Asamblea Nacional aprobó este miércoles 26 de abril en primer debate el proyecto de ley No. 61, por el cual se adoptan políticas de educación integral, atención y promoción de la salud.

Al documento original se le realizaron al menos diez modificaciones y se eliminaron términos, como la educación integral y la patria potestad.

También fue eliminado el término ABC, el cual consiste en promover, como principales instrumentos para prevenir las enfermedades de transmisión sexual y los embarazos precoces la abstinencia y la fidelidad mutua y la utilización de métodos de protección.

Uno de los cambios aprobados en el artículo No. 6 del proyecto de ley establece que se reconoce a toda persona el derecho a recibir una educación en sexualidad basada en un método de educación científico, según su edad física y psicológica, que incluya todas las etapas del ciclo vital humano y del curso de la vida humana, haciendo énfasis y reforzando el reconocimiento de su propio sexo, para permitir el bienestar, el desarrollo y el ejercicio de la sexualidad en forma plena, responsable e informada.

El artículo No. 6 original indicaba que reconocía a todas las personas el derecho de acceder a una educación integral en sexualidad, según su edad física y psicológica, que incluya todas las etapas del ciclo vital humano y del curso de la vida humana, para permitir el bienestar, el desarrollo y el ejercicio de la sexualidad en forma plena, responsable e informada.

El documento indica además que será obligatoria la inclusión de la educación en sexualidad en la currícula de los centros educativos oficiales y particulares de Panamá. Esta educación será científica y no sexista y que promueva los valores, la igualdad, la equidad y el respeto entre hombres y mujeres y considerará la edad, los aspectos afectivos, biológicos, fisiológicos y éticos del ser humano.De igual manera, se reconoce el derecho de toda persona a recibir consejería, orientación y atención integral con calidad y calidez, en todos los aspectos de la salud sexual y la salud reproductiva adecuada a la edad física y psicológica. Cuando se trate de personas menores de edad el proveedor de servicios vinculará a los padres de familia, tutores o acudiente del menor durante todo el proceso.


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