CONCUSIÓN.EL JUZGADO UNDÉCIMO DECIDIRÁ LA SUERTE PENAL DEL EX AGENTE DE INSTRUCCIÓN.

Piden encausar a ex fiscal Sáez

Piden encausar a ex fiscal Sáez
Piden encausar a ex fiscal Sáez

En medio del debate, tras declararse inconstitucional una resolución que ordenó la interceptación telefónica en el proceso penal seguido al ex fiscal segundo de La Chorrera Arquimedes Sáez, se conoció que la Fiscalía Tercera Anticorrupción solicitó abrir causa criminal al ex funcionario y un supuesto cómplice suyo, informaron las autoridades.

La petición –fechada en abril pasado– fue remitida al Juzgado Undécimo de Circuito, ramo penal, que decidirá la suerte del ex fiscal, acusado de haber solicitado dinero a cambio de favorecer a una persona que estaba detenida por un caso manejado en su despacho.

Sáez logró una victoria parcial en este proceso, al obtener que el pleno de la Corte Suprema de Justicia declarara inconstitucional una resolución de la Procuraduría General en la que se ordenaba el uso de la interceptación de conversaciones como herramienta para obtener pruebas de las acusaciones que se le formulaban.

Ayer, la procuradora, Ana Matilde Gómez, dijo que el fallo de la Corte limita su extensión a la inconstitucionalidad de la citada resolución y no es extensiva al resto del proceso que, según dijo, empezó tras una denuncia que los afectados interpusieron contra el entonces fiscal en La Chorrera.

"Es una investigación que tiene que seguir su curso, y el fiscal de la causa va a ocuparse de poder traer al expediente todos los elementos que sobreviven a la nulidad que se desprende de la resolución declarada inconstitucional", dijo la Procuradora.

Sáez, quien anunció que busca su reintegro al Ministerio Público, amenazó con acciones legales contra las personas que ordenaron y participaron en la interceptación de sus comunicaciones.

Al respecto, la procuradora Gómez dijo que no se puede hablar de dolo en actuaciones judiciales "simplemente por haber interpretado una norma constitucional, si antes no ha habido el pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia en pleno interpretando esa norma".

Tras ese fallo de la Corte, dijo Gómez, ya no caben otras interpretaciones respecto a quienes son autoridades judiciales, y que ese concepto –de autoridad judicial– que contempla la Constitución en su Artículo 29, luego de las reformas de noviembre de 2004, "no alcanza al Ministerio Público".

En materia de protección y tutela de la Constitución, añadió, el único tribunal competente para pronunciarse al respecto es el pleno de la Corte. "Entonces, todas las leyes antes que la Corte Suprema en pleno se pronuncie, se presumen constitucionales".

Ese es el caso de la Ley 23 de 1986 conocida como la Ley de Drogas y la Ley No. 16 de 2004 en las que se faculta a la Procuradora General de la Nación ordenar las interceptaciones telefónicas en casos de delitos graves.

Sobre esta última norma está pendiente que la Corte se pronuncie al respecto de su constitucionalidad o no. El magistrado ponente es Winston Spadafora.

A juicio de la procuradora Gómez, "ningún funcionario del Ministerio Público puede alegar una presunta derogatoria tácita para no aplicar una ley que está vigente, porque el tribunal competente para decidirlo es la Corte Suprema de Justicia".


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