VIOLACIÓN DEL CÓDIGO ELECTORAL

TE sanciona a Cadena Radial Continente por no entregar reportes de publicidad estatal

Correa Jolly solicitó en su momento al TE que los sancionara con una amonestación verbal o escrita. Sin embargo, no ocurrió.

TE sanciona a Cadena Radial Continente por no entregar reportes de publicidad estatal
TE sanciona a Cadena Radial Continente por no entregar reportes de publicidad estatal

Cadena Radial Continente, S.A., propietaria de la emisora KW Continente, fue sancionada con una multa por el Tribunal Electoral (TE) por no suministrar el registro detallado de las cuñas pautadas por las instituciones estatales en las elecciones de 2014.

La multa es por mil dólares, que debe cancelar en 10 días hábiles.

Adicional, hay "varios medios de comunicación social" que tampoco han entregado sus informes sobre publicidad estatal. El TE no reveló quiénes son. La multa a Cadena Radial Continente, S.A. se conoció porque su presidente y representante legal, Fernando Correa Jolly, divulgó el hecho en su cuenta en la red social Twitter.

 

 

Pinilla y compañía inician presión sobre medios de comunicación @nexnoticias @KWCONTINENTE pic.twitter.com/7PZFiQo8Z9

 

Según la resolución expedida por el TE, la empresa incumplió con el artículo 194 del Código Electoral que establece: "...Todo medio de comunicación social en los que se anuncie las instituciones estatales deberá llevar un registro detallado de las cuñas, para efectos de control y verificación por parte del Tribunal Electoral".

La Dirección de Auditoría del TE informó que Cadena Radial Continente, S.A. no remitió el informe de publicidad estatal del período comprendido del 1 de enero al 2 de mayo de 2014.

El representante de la cadena explicó al TE que siempre han entregado oportunamente los registros, pero que en el período de enero a mayo de 2014 se encontraban en proceso de reestructuración y mudanza, por lo que por "error" pudo enviarse a otra institución.

Correa Jolly -que en el gobierno de Ricardo Martinelli (2009-2014) fue miembro de la junta directiva de la estatal Caja de Ahorros- solicitó en su momento una amonestación verbal o escrita. Sin embargo, no ocurrió.

La norma establece que para evitar la masificación de la propaganda estatal durante el proceso electoral, las instituciones no podrán difundir en los medios de comunicación en un día y en un mes más propagandas de las que se resulten del promedio pautado por dicha dependencia, durante los seis meses anteriores a la apertura del proceso electoral. 

"Al Tribunal Electoral no le consta que la empresa Cadena Radial Continente llevó el registro detallado de la propaganda estatal divulgada por la emisora KW Continente, durante el proceso electoral. Lo cual dificultó la función electoral para determinar en tiempo eficaz y oportuno la igualdad de la contienda electoral, situación que pudo en su momento incidir directamente en la libertad del sufragio, al no cumplir con la supra citada norma", destaca el TE en la resolución.

Correa Jolly informó que este miércoles presentará un recurso de reconsideración. 


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