CORTE. DECISIóN DE LA SALA III SIENTA UN PRECEDENTE EN LAS áREAS REVERTIDAS.

‘Tsunami’ judicial en Playa Bonita

‘Tsunami’ judicial en Playa Bonita
‘Tsunami’ judicial en Playa Bonita

No todo es bonito en Playa Bonita.

A pesar de que hay en ella un hotel de una reconocida cadena, desarrollado por el mayor operario local y que sus instalaciones han servido de marco para importantes eventos, existe detrás una historia de litigios que, paradójicamente, pueden llevar a indemnizar a un grupo que no ha puesto una sola piedra en ese lugar.

Una sentencia de la Sala III de la Corte Suprema de Justicia indicó que había que pagarle a la sociedad Desarrollo Urbanístico del Atlántico, S.A. (DUASA), por el tiempo y el dinero que invirtió en participar en la licitación convocada para concesionar, en 2003, cuatro lotes en Kobbe.

La misma sentencia de la Sala declaró “nula por ilegal” la resolución en la que la junta directiva de la Autoridad de la Región Interoceánica (hoy reconvertida en Unidad Administrativa de Bienes Revertidos del Ministerio de Economía y Finanzas, MEF) asignó esas tierras a Paradise Beach Corporation, que preside Herman Bern.

Es la primera vez que la Corte anula una concesión dada por el Estado en las áreas revertidas. Lo hizo, además, cinco años después de la adjudicación, luego de que el arrendatario ha desarrollado su proyecto a plenitud.

Los protagonistas

El lío por las tierras de Kobbe ha puesto frente a frente a dos pesos pesados de la comunidad empresarial: Ahmad Mohamed Waked –a.k.a. Miguel Waked– y Herman Bern.

El primero está al frente de Vida Panamá, una empresa afincada en la Zona Libre de Colón, especializada en electrodomésticos. Además, es el representante legal y presidente de DUASA. Su hijo, Nidal, es el vicepresidente y tesorero de la sociedad. En 2002, Nidal Waked fue designado, mediante decreto ejecutivo, representante de la entonces presidenta Mireya Moscoso, en la provincia de Colón.

El segundo, Herman Bern, es el rey de los rascacielos y el operador de hoteles más grande del país: en su haber tiene el Intercontinental Miramar, el Crown Plaza, las Suites Ambassador y el Gamboa Rainforest Resort. Ahora mismo proyecta construir un nuevo hotel en la Ciudad del Saber.

Los caminos de ambos se cruzaron en 2003, cuando la ARI decidió licitar cuatro globos en Kobbe (Veracruz, distrito de Arraiján) que, según el plan general de uso de suelos de las áreas revertidas, debían ser destinados al desarrollo ecoturístico. El acto fue fijado para el 21 de marzo de ese año. 10 días antes, las partes se reunieron para homologar el pliego de cargos.

En el acto de homologación se atendió una consulta sobre cómo se iba a seleccionar al ganador. Entonces la ARI “aclaró” que el ganador sería el proponente que presentara el canon de arrendamiento más alto, sin tomar en consideración el monto de la inversión. Cuando acabó la reunión, el director de Mercadeo de la ARI, Humberto Urroz, envió un resumen de lo acordado a Paradise Beach y DUASA.

La carta de Urroz fue determinante, puesto que lo que allí se escribió fue considerado por DUASA como una “modificación” al pliego de cargos y, por lo tanto, ello debía ser publicado en dos diarios de circulación, 10 días antes del acto de adjudicación, como dictaba la ley de contrataciones públicas de 1995, vigente a la fecha.

Pero DUASA no protestó de inmediato. Cuando lo hizo, fue después del acto del 21 de marzo de 2003, cuando la ARI le adjudicó las tierras a Paradise Beach, y no a ellos.

el ministro que fue asesor

El fallo de la Corte se conoció el mismo día en que los principales magnates de la región se hospedaban en el hotel Playa Bonita Resort, que es el nombre con el que se conoce al complejo turístico que Paradise Beach Corporation levantó en Kobbe.

Ahora Bern está a la espera de que el Estado le diga “dónde estamos parados”.

“Este es un asunto legal que lo tiene que definir el MEF”, recalcó. Hasta que eso no ocurra, prefiere guardar prudente silencio, aunque ya llevó su queja al Consejo Nacional de la Empresa Privada (CoNEP) y a la Procuraduría de la Administración. Ahora está de viaje, fuera del país.

Otro que salió de Panamá es el ministro Héctor Alexander, que está en República Dominicana, reunido con banqueros internacionales. Partió antes de dar a conocer públicamente cómo el Estado enfrentará la condena que le obliga a indemnizar a la empresa de los Waked.

Alexander conoce el tema porque fue el asesor legal de Alfredo Arias, el administrador de la ARI cuando se dio la licitación. Arias sí habló.

“En este caso se han omitido argumentos que empañan la realidad y la verdad. Este tipo de acciones es muy común en Panamá, donde se juega al ‘tío vivo’ y nunca se quiere aceptar que se perdió en buena lid”, opinó.

Adiós compraventa

La sentencia de la Corte también trancó la venta de las tierras de Kobbe al consorcio de Bern, valuadas en 6.9 millones de dólares.

El hotelero pretendía hacer así efectiva una cláusula de su contrato con la ARI, que le daba la opción de compra sobre dos de los cuatro lotes concesionados. La venta se venía tramitando desde septiembre de 2005 y en julio de 2007, el Consejo de Gabinete autorizó la transacción.

DUASA intentó impedir la compraventa. Solicitó a la Corte la suspensión provisional de la concesión dada a Paradise Beach, pero en octubre de 2007, la Sala III negó la solicitud, en un fallo –con ponencia de Víctor Benavides– en el que recordó que ya en enero de 2006, la misma Sala manifestó en una resolución que no hay pruebas que acrediten “de modo manifiesto, claro e indiscutible” la ilegalidad de la concesión dada a Paradise Beach.

Cuatro meses después de negar la suspensión provisional solicitada por DUASA, Benavides encontró las pruebas.

Su fallo, avalado por Jacinto Cárdenas e Hipólito Gil –suplentes de los magistrados Winston Spadafora y Adán Arjona, respectivamente– señala que la ARI sí modificó el pliego de cargos y falló al no publicar una adenda en los diarios, pese a tener la voluntad o consentimiento de los participantes.

“Es aquí precisamente donde se ubica el punto controvertido, puesto que la ARI, con miras a efectuar una contratación expedita, sin dilaciones, abierta y en la que todos los interesados pudiesen participar, siguió en esta etapa para la selección de contratista, un procedimiento no previsto en la ley”.


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