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Alcalde Valdés Carrasquilla gestionará $1.5 millones del Impuesto de Bien Inmueble

El alcalde de San Miguelito, Héctor Valdés Carrasquilla, que ha burlado la ley de la Caja del Seguro Social y el ‘Código Penal’ al no pagar la cuota obrero patronal de los trabajadores municipales, tiene ahora plata para pagar más planilla y contratos.

Alcalde Valdés Carrasquilla gestionará $1.5 millones del Impuesto de Bien Inmueble
Héctor Valdés Carrasquilla, alcalde de San Miguelito. Archivo

El Municipio de San Miguelito, a cargo de Héctor Valdés Carrasquilla, contará con $1 millón 526 mil 886 con 29 centésimos, para gastos de funcionamiento administrativo y obras sociales en los nueve corregimientos de ese distrito.

Los fondos provienen de la transferencia del Impuesto de Bien Inmueble (IBI) que le aprobó el Consejo Municipal de San Miguelito, el 18 de noviembre pasado, mediante el Acuerdo No. 123 y que fue publicado en la Gaceta Oficial No. 29684, el viernes 16 de diciembre.

Con este dinero, Valdés Carrasquilla, que ha burlado la ley de la Caja del Seguro Social y el Código Penal al no pagar la cuota obrero patronal de los trabajadores municipales, podrá pagar más planilla y contratos.

De los $1.5 millones transferidos, $916,131.72 será para proyectos de la Alcaldía y $152 mil 688.62 para inversión de las nueves juntas comunales. Se desconoce qué se hará con el resto de los dineros.

Esta prerrogativa de usar los fondos del IBI fue avalada por el presidente Laurentino Cortizo, a través de la sanción de la Ley 338 de 14 de noviembre de 2022, que modifica la Ley 37 de 29 de junio de 2009, que descentraliza la administración pública del país.

La nueva ley, que fue aprobada por los diputados a petición de los gobiernos locales, dispone que los municipios podrán destinar el 40% del monto final que reciban en concepto de IBI, incluyendo todos los remanentes no comprometidos a la fecha, para gastos de funcionamiento administrativo y obras sociales. Los remanentes son fondos de obras que no se lograron concretar en los diferentes años de gestión.

Además ,la Ley 338 establece que los $110 mil que se le entregan a cada municipio y junta comunal mediante el Programa de Inversión de Obras Públicas y de Servicios Municipales, a través de la Autoridad Nacional de Descentralización (AND), “será revisado cada dos años y dicho valor podrá ser aumentado, más no disminuido del último valor establecido”.

Igualmente, señala que el Ejecutivo podrá incrementar el monto de este programa antes de los dos años establecidos en el párrafo anterior. La Ley 66 de 2015, que modificó la Ley 37 de 2009, disponía que el 70% de esos fondos deberían ser usado en proyectos de inversión, mientras el 30% restante sería para funcionamiento.

La partida del IBI fue concebida originalmente para inversiones, pero en los últimos tres años los diputados han modificado la norma en varios periodos legislativos para reforzar gastos operativos, que generalmente se van en salarios.


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