El partido opositor Cambio Democrático (CD) tendrá una agenda apretada de cara a las elecciones generales de mayo de 2024.
A este colectivo, que lidera Rómulo Roux, además de elegir a sus nuevas autoridades, le tocará entrar rápidamente al proceso de primarias.
El Código Electoral obliga a CD a realizar primarias; hace apenas unas semanas atrás decidió que el próximo 18 de junio celebrará ese torneo, donde escogerán a la mayoría de su oferta electoral.
La norma electoral señala que los partidos que tengan más de 100 mil inscritos deben hacer primarias para elegir a su candidato presidencial. Según los más recientes datos del Tribunal Electoral, CD cuenta con 308 mil 428 inscritos, siendo el segundo colectivo con más adeptos en el país, después del oficialista Partido Revolucionario Democrático (PRD).
El 19 de marzo, CD elegirá a los convencionales, quienes luego tendrán la tarea de escoger a la nueva cúpula del partido. Ese mismo día, se definirán los cargos de presidente de las secretarías de la Mujer y de la Juventud.
El 6 de febrero vence el periodo de la actual junta directiva, por lo que entre abril y mayo se escogerían a las nuevas autoridades. Sobre la fecha para este evento, el partido aún no se ha pronunciado.
Ya en junio se sabrá qué miembro de esta agrupación política se consolidará como el abanderado presidencial de CD, así como los candidatos a los cargos de diputados, alcaldes y representantes de corregimiento.
En las últimas semanas ha sonado con fuerza la posibilidad de que CD haga una alianza o coalición con otras agrupaciones políticas, lo que supone que se reserven algunos cargos de elección. No obstante, Roux ha dejado claro que CD podría reservar curules, pero para postular directamente a miembros del partido, no para alianzas políticas.
Todos los miembros pueden participar
En las primarias de Cambio Democrático, así como en las de cualquier otro colectivo político, tendrán derecho a participar todos los miembros legalmente inscritos a la fecha señalada en la convocatoria a las elecciones y que sean residentes en la respectiva circunscripción. Así consta en el artículo 115 del Código Electoral.

