El contralor general de la República, Anel Flores, dio a conocer que instruyó a las direcciones de auditoría interna de todas las entidades públicas a garantizar la verificación “estricta” de los informes de rendición de cuentas.
Estos informes —recordó la entidad a través de un comunicado— deben ser presentados mensualmente dentro de los primeros quince días del mes siguiente.
Mediante la Circular N.° 43, la Contraloría General reiteró la obligación “ineludible” de cumplir con este deber, conforme a lo establecido en la Ley 32 del 8 de noviembre de 1984.
Esta responsabilidad recae directamente en quienes administran, custodian, invierten o autorizan el uso de recursos y bienes públicos.
“Cada balboa que se recauda y administra en nombre del Estado debe estar sustentado y fiscalizado. La rendición de cuentas no es opcional, es un deber legal y un compromiso ético con el país”, enfatizó el contralor Flores.
La circular fue dirigida al presidente de la Asamblea Nacional, ministros de Estado, la magistrada presidenta de la Corte Suprema de Justicia, magistrados del Tribunal de Cuentas, magistrados del Tribunal Administrativo Tributario, fiscal de cuentas, procurador general de la Nación, procurador de la Administración, magistrado presidente del Tribunal Electoral, fiscal electoral, rectores de universidades oficiales, defensor del Pueblo, magistrados del Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas, directores, gerentes y administradores generales de instituciones descentralizadas, empresas públicas, intermediarios financieros y cualquier persona que reciba, invierta, custodie o administre bienes y fondos públicos.


