La Contraloría General de la República suspendió temporalmente la participación de sus representantes en juntas directivas de distintas entidades estatales mientras espera que la Procuraduría de la Administración aclare si estos funcionarios deben ser considerados Personas Expuestas Políticamente (PEP), de acuerdo con las regulaciones vigentes en el país.
La decisión está relacionada con el Acuerdo N.° 1-2025, emitido por la Superintendencia de Bancos el 11 de febrero de 2025, que establece una guía de cargos considerados políticamente expuestos.
Esta regulación busca fortalecer los mecanismos de prevención del blanqueo de capitales y del financiamiento del terrorismo mediante la identificación de personas que, por las responsabilidades asociadas a sus cargos públicos, requieren controles financieros más rigurosos.
El acuerdo contempla entre las personas que pueden recibir esta clasificación a funcionarios gubernamentales de alta jerarquía, autoridades electas, altos ejecutivos de empresas estatales y miembros de determinadas juntas directivas.
En términos prácticos, ser identificado como PEP implica que las entidades financieras deben aplicar procedimientos reforzados de debida diligencia, que incluyen verificaciones sobre el origen de los fondos y un seguimiento más estricto de las operaciones financieras. Esta clasificación no constituye una acusación de corrupción ni supone, por sí misma, la existencia de actividades ilícitas.
La controversia
La controversia surge porque algunos funcionarios de la Contraloría participan en juntas directivas exclusivamente como representantes institucionales, con derecho a voz, pero sin derecho a voto.
Según la entidad, estos servidores públicos no intervienen directamente en la adopción de decisiones. Esta condición plantea dudas sobre si deben recibir el mismo tratamiento regulatorio que los integrantes con facultades decisorias.
La Contraloría suspendió temporalmente a sus representantes en juntas directivas mientras espera un criterio de la Procuraduría de la Administración.
La consulta busca determinar si esos funcionarios son PEP, pese a que participan con voz, pero sin derecho a voto.
La condición de PEP implica controles financieros reforzados, aunque no constituye una acusación de corrupción.
La Contraloría no reveló cuántos funcionarios ni qué juntas están afectadas, ni cuánto durará la suspensión.
Ante esta situación y tomando en cuenta las disposiciones regulatorias introducidas en 2026, la Contraloría solicitó un criterio jurídico a la Procuraduría de la Administración para determinar el alcance de las normas y su aplicación a los representantes institucionales que participan en estos organismos.
Decisión temporal
Mientras obtiene ese pronunciamiento, la Contraloría dispuso suspender temporalmente la participación de sus representantes en las juntas directivas correspondientes. La medida se limita a estas funciones de representación y no supone la separación de los servidores públicos de sus puestos de trabajo.
Sin embargo, la institución no precisó cuántos funcionarios están involucrados, cuáles son las juntas directivas afectadas ni cuánto tiempo permanecerá vigente la suspensión.
La Contraloría sostiene que la decisión responde a criterios de prudencia institucional, transparencia y seguridad jurídica.

Así las cosas, el pronunciamiento de la Procuraduría será determinante para esclarecer cómo deben aplicarse las reglas sobre personas expuestas políticamente a los funcionarios que participan en juntas directivas sin derecho a voto y para definir el tratamiento jurídico de estas representaciones institucionales.



