El próximo 1 de julio, el presidente electo, José Raúl Mulino, tomará posesión de su cargo, por tal motivo es considerado un día de fiesta nacional.
Ello está reglamentado en el artículo 181 de la Constitución de la República, que indica que: “tanto el Presidente como el Vicepresidente deben tomar posesión de sus respectivos cargos el primer día del mes de julio siguiente a su elección”. Siendo así un día de descanso obligatorio.
Es por esto, que los centros educativos oficiales y particulares a nivel nacional, no impartirán clases este día.
De igual forma, los trabajadores estarían libres, como está estipulado en el artículo 46 del Código de Trabajo.
En el caso de que existan trabajadores que deban laborar ese día, el artículo 49 del Código de Trabajo garantiza una compensación.
La norma indica que el trabajo realizado en esta jornada será remunerado con un recargo del 150% sobre el salario de la jornada ordinaria, sin perjuicio del derecho del trabajador a recibir otro día de descanso compensatorio durante la semana.

