El Consejo de Gabinete del presidente José Raúl Mulino aprobó la Resolución 125-25, que autoriza a la Autoridad Nacional para la Innovación Gubernamental (AIG) a contratar, mediante un procedimiento excepcional, a la empresa Inversiones Tecnológicas de América, S.A., por $3,904,740.30.
El contrato, de acuerdo con una nota de prensa de la Presidencia de la República, tiene como objeto cubrir el “servicio de mesa de ayuda, optimización de base de datos, implementación de mejoras, capacitación, soporte y mantenimiento de los equipos de las salas de audiencias de la plataforma tecnológica del Sistema Penal Acusatorio (SPA)” durante el período comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2024.
La AIG había trabajado previamente con esta empresa desde 2023, bajo el Contrato 15-2024, que cubría servicios durante todo ese año. No obstante, según un comunicado divulgado por la Presidencia de la República, los servicios continuaron durante 2024 para garantizar la operatividad de la plataforma, por lo que se hizo necesaria la formalización del contrato con cargo al presupuesto de la vigencia fiscal 2025.
La resolución justifica la contratación excepcional argumentando que Inversiones Tecnológicas de América es el único representante local autorizado de la plataforma TEMIX EBS, considerada esencial para la gestión de las instituciones que administran el SPA. El informe técnico fundado de la AIG detalla que se han establecido condiciones técnicas específicas para la prestación de estos servicios durante 2024.
Si bien la medida busca garantizar la continuidad del sistema digital que soporta el SPA, la operación del contrato una vez más, pone en evidencia la dependencia del Estado en un proveedor único, lo que plantea interrogantes sobre la transparencia del proceso y la sostenibilidad del sistema a largo plazo.
La historia del SPA en Panamá
El Sistema Penal Acusatorio en Panamá entró en vigencia el 2 de septiembre de 2011 en el Segundo Distrito Judicial, que comprende las provincias de Coclé y Veraguas. Esta etapa marcó el comienzo de una implementación progresiva de acuerdo con la Ley 63 de 2008, que adoptó el Código Procesal Penal.
Más adelante, el sistema se extendió al Cuarto Distrito Judicial (Los Santos y Herrera) el 2 de septiembre de 2012, al Tercer Distrito Judicial (Chiriquí, Bocas del Toro y Comarca Ngäbe-Buglé) el 2 de septiembre de 2015, y finalmente al Primer Distrito Judicial (Panamá, Colón, Darién, Panamá Oeste y las comarcas Guna Yala y Emberá-Wounaan) el 2 de septiembre de 2016.
Este modelo procesal pretende resolver hechos delictivos en menor tiempo, a la vez que busca garantizar la igualdad de las partes en el proceso y la imparcialidad del juez.
