Los magistrados del Tribunal Electoral (TE) avalaron la propuesta de extender las sesiones de trabajo de la Comisión Nacional de Reformas Electorales (CNRE) las dos primeras semanas de enero de 2021, con el objetivo de presentar a finales de ese mes, ante la Asamblea Nacional, el paquete de reformas al Código Electoral.
Así lo informó el magistrado Alfredo Juncá, quien explicó que durante esas dos semanas verán “los puntos finales del paquete de reformas”.
En la actualidad, la CNRE discute las modificaciones al Código Electoral de manera virtual. Representantes de los partidos políticos así como de grupos de la sociedad civil organizados y diversos gremios del país participan de estas reuniones.
Este jueves 3 de diciembre, la comisión aprobó artículos del segundo bloque del proyecto de reformas sobre el Financiamiento Público en cuanto a la contratación de propaganda electoral, rendición de cuentas del financiamiento poselectoral, la fórmula y reparto del financiamiento poselectoral y el apoyo del TE en capacitación.
Avalaron por consenso los artículos 193-F referente al acceso a las plataformas de pautas; el artículo 193-H sobre la calificación para el financiamiento poselectoral; artículo 193-L concerniente a la rendición de cuentas del financiamiento poselectoral; y el 193-M que habla del apoyo del TE en capacitación.
Los comisionado también avanzaron en la aprobación del artículo 193-D, sobre contratación de propaganda electoral con financiamiento público preelectoral; el artículo 193-A que versa sobre el financiamiento preelectoral para los candidatos por libre postulación. Se fijó que el 15 % del monto correspondiente al financiamiento preelectoral se asignará a los candidatos por libre postulación para ser invertido por estos en propaganda electoral y gastos de campaña.
En tanto, la CNRE aprobó los artículos 193-C que se refiere al financiamiento preelectoral para los partidos políticos; artículo 212 B, en donde establece que las nóminas a cargo de presidente de la República por partidos políticos o por libre postulación podrán equiparar el gasto de propaganda electoral con fondos privados a la suma que pueda utilizar el partido político que más financiamiento público preelectoral reciba.
Los miembros de esta comisión igualmente avalaron los artículos 193-E sobre el pago a las agencias publicitarias; artículo 193-G referente al objetivo del financiamiento poselectoral, que será destinado a contribuir con los gastos de funcionamiento y capacitación; el artículo 193-I referente a la fórmula y reparto del financiamiento poselectoral y el artículo 193- J sobre la entrega del financiamiento poselectoral a funcionarios electos por libre postulación.
Por último, consideraron el artículo 218 en donde los partidos políticos gozarán de una línea telefónica sin cargos para llamadas locales, extendiéndose el beneficio a los candidatos por libre postulación durante el periodo electoral.

