La Asociación Panameña de Ejecutivos de Empresa (Apede) intervino ante la Corte Suprema de Justicia como tercero interesado en la demanda de inconstitucionalidad presentada contra varios artículos de la Ley 429 de 2024, al advertir que dicha normativa compromete principios esenciales del Estado de derecho y afecta la forma en que se gestiona el servicio público en la Asamblea Nacional.
La norma flexibiliza los requisitos de ingreso a la carrera legislativa, lo que garantiza la permanencia de funcionarios de ese Órgano del Estado, y fue aprobada por insistencia por la Asamblea Nacional (AN) dos meses y medio antes del cambio de gobierno del periodo 2019-2024.
El gremio empresarial sostiene que la ley introduce cambios que alteran la estructura de gobernanza del servicio legislativo, al modificar reglas que, a su juicio, están claramente delimitadas por la Constitución. En particular, cuestiona disposiciones que, según su análisis, desvirtúan los estándares de profesionalización y control que deben regir la función pública.
@LibertCiudadana, Capítulo Panameño de @anticorruption, presentó Demanda de Inconstitucionalidad contra la Ley 429 de 2024.
— Libertad Ciudadana (@LibertCiudadana) October 10, 2025
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El alegato fue elaborado por el abogado constitucionalista Jorge Giannareas y se enmarca dentro de la acción presentada originalmente por la Fundación para el Desarrollo de la Libertad Ciudadana, capítulo panameño de Transparencia Internacional.
La demanda busca que se declaren inconstitucionales artículos que permiten la incorporación automática a la carrera legislativa de funcionarios con al menos dos años de antigüedad, sin pasar por procesos de concurso ni evaluaciones de desempeño.
Argumentos
Para Apede, este mecanismo contradice el modelo constitucional de carrera pública. La presidenta del gremio, Giulia De Sanctis, subrayó que la Carta Magna establece con claridad que el ingreso, la estabilidad y el ascenso en el servicio público deben estar sustentados en el mérito y en evaluaciones objetivas, y no en criterios automáticos desligados del rendimiento profesional.
En su argumentación, la asociación advierte que la Ley 429 elimina el consejo de la carrera legislativa sin crear una instancia que lo sustituya, dejando sin controles un sistema que antes contemplaba concursos y evaluaciones periódicas. A criterio del gremio, esta omisión abre espacios a la discrecionalidad y vacía de contenido la noción de carrera administrativa.
Giannareas señaló que, si bien el legislador tiene la facultad de reformar los regímenes existentes, no puede suprimir principios constitucionales como el sistema de méritos. A su juicio, la ley cuestionada no introduce mejoras ni ajustes, sino que desmonta un pilar destinado a garantizar la profesionalización del servicio público.

La Corte Suprema de Justicia ya admitió la demanda y se encuentra actualmente en la etapa de análisis de los alegatos de terceros, previo a la elaboración del proyecto de fallo.
En este proceso, el procurador general de la Nación, Luis Carlos Gómez, emitió un criterio favorable a la inconstitucionalidad de los artículos impugnados, al considerar que crean privilegios injustificados y vulneran el principio de igualdad en la función pública.

