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Alcaldía de Panamá regula la celebración del 3 y 4 de noviembre

Alcaldía de Panamá regula la celebración del 3 y 4 de noviembre
Alcaldía de Panamá regula la celebración del 3 y 4 de noviembre

Para garantizar “la seguridad y la armonía” durante la celebración de las fiestas patrias en el distrito, la Alcaldía de Panamá, mediante un decreto, reguló el consumo de licor, la buhonería, la venta de comidas, entre otras actividades.

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Fiestas patrias se inician con el recuerdo a los próceres de la independencia

El Decreto No. 21-2017 de 25 de octubre de 2017 prohíbe la venta y consumo de bebidas alcohólicas en la ruta establecida para los desfiles patrios y áreas cercanas el 3 y 4 de noviembre.

También regula la buhonería en las zonas de los desfiles, por consiguiente, se requiere de un permiso especial expedido por la Alcaldía de Panamá, previa coordinación con el Ministerio de Educación en cuanto a la asignación de espacios a los puestos de venta.

Los buhoneros que no cuenten con ese permiso serán sancionados y se les ordenará el retiro del área de los desfiles y la retención de su mercancía.

Además se prohíbe el uso de fogones y tanques de gas a lo largo de la ruta del desfile.

RUIDO

Otro punto regulado es la actividad que genere ruido de manera temporal por el uso de equipos de sonido y audio, con motivo de las fiestas patrias.

Entre las regulaciones están:

Las actividades de carácter comercial, recreativo, social o benéfico que genere ruido de manera temporal el 3 y 4 de noviembre lo podrán hacer de 6:00 a.m. a 4:00 p.m.

El domingo 5 de noviembre lo podrán hacer entre las 6:00 a.m. y las 3:00 p.m.

El viernes 10 de noviembre entre las 6:00 a.m. y las 11:59 p.m.

El martes 28 de noviembre entre las 5:00 a.m. y las 11:59 p.m..

Las celebraciones, reuniones o actividades familiares, recreativas o sociales que generen ruido temporal lo podrán hacer el 3 y 4 de noviembre entre las 6:00 a.m. y las 12:00 a.m.

El domingo 5 de noviembre entre las 6:00 a.m. y las 11:59 p.m.

El viernes 10 de noviembre entre las 6:00 a.m. y las 11:59 p.m.

El martes 28 de noviembre entre las 6:00 a.m. y las 11:59 p.m.

DIANAS

El anterior horario no se aplica a las dianas que se realicen para rendir tributo a la patria, siempre y cuando no empleen ninguna clase de equipos de audio y sonido.

Las dianas en establecimientos comerciales o en espacios públicos deben contar con el permiso de la Alcaldía de Panamá.

CORREGIDURÍAS

Por otro lado, Alcaldía de Panamá faculta a las corregidurías de turno (Curundú, Pueblo Nuevo y Tocumen) para el 3 y 4 de noviembre.

También se instruye a los agentes de la Policía Nacional, inspectores municipales y vigilantes municipales para hacer efectivo el cumplimiento de las normas establecidas en el citado decreto.


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