OPERATIVO SORPRESA

Detectan 10 hospedajes clandestinos en la barriada San Gerardo de Mayela

La ley 93 de 1973 establece en su artículo 5 la obligatoriedad de registrar los contratos de alquiler ante el Miviot.

Detectan 10 hospedajes clandestinos en la barriada San Gerardo de Mayela
Detectan 10 hospedajes clandestinos en la barriada San Gerardo de Mayela

Diez hospedajes clandestinos fueron detectados en un operativo efectuado este jueves 27 de abril de 2017 en la barriada San Gerardo de Mayela y la barriada Santa Elena, en el corregimiento de Parque Lefevre.

Funcionarios de la Autoridad de Turismo de Panamá, Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (Miviot) y el Ministerio de Comercio e Industrias participaron, en horas de la mañana, de este operativo, tras las denuncias ciudadanas presentadas tanto en la Policía Nacional como en la corregiduría del área.

El artículo 68 de la Ley 93 de 1973 señala que aquellos arrendadores que no cumplan con el depósito serán sancionados con multas equivalente a 10 veces el valor de la cantidad retenida.



"De las 10 viviendas inspeccionadas, 10 se encontraban en situación de irregularidad", confirmó Naydú Rudas, directora de arrendamientos del Miviot.

Es decir, que no tenían los contratos de vivienda registrados ante el Miviot o no los aportaron al momento que se hizo la inspección.

Rudas dijo que en estos casos se dejó la boleta de citación para que acudan a las oficinas del Miviot y, quienes no los presentaron, los puedan aportar y verificar el estatus de los mismos.

La funcionaria recordó que el artículo No. 5 de la ley No. 93 del 4 de octubre de 1973, establece que: “todo contrato de arrendamiento deberá formalizarse por escrito en formatos suministrados por la Dirección General de Arrendamientos, y expresará: fecha, nombres, apellidos, números de cédulas de identidad personal y domicilio de los contratantes; el bien inmueble o parte del que comprenda el arrendamiento con expresión del número, calle o plaza y corregimiento en que esté ubicado, número catastral de la finca, tomo y folio de su inscripción y cualesquiera otras indicaciones sobre la misma; valor en dinero que representa en canon de arrendamiento, aunque se convenga el pago en servicios o en especies distintas; el término de duración y el destino que se la da al inmueble arrendado”.

Rudas precisó que las sanciones por el incumplimiento de esta disposición es de 10 veces el canon de arrendamiento.

"Si la persona paga mil dólares de alquiler por ejemplo, como era uno de los casos encontrados, la multa correspondiente es de 10 mil dólares", mencionó.

En varias de las viviendas visitadas hoy se encontraron a cerca de 30 extranjeros, en su mayoría colombianos y venezolanos, quienes fueron puestos a órdenes de la Policía Nacional.

"En todos los casos se encontraban extranjeros, tres de ellos fueron conducidas por la Policía Nacional por encontrarse en situación de irregularidad en su estatus", precisó Rudas.

 

Varias viviendas se han inspeccionado, durante operativo para detectar personas cumplen o no, con el registro de contrato @NayduRudas pic.twitter.com/qlqJZ5D6bi

 

 

 


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