QUEJAS Y DENUNCIAS

Varela sanciona ley para prevenir y sancionar actos discriminatorios

Varela sanciona ley para prevenir y sancionar actos discriminatorios
El presidente Juan Carlos Varela sancionó la Ley que adopta medidas para prevenir, prohibir y sanci

Desde este 16 de febrero todos los empleadores, instituciones públicas y centros de enseñanza oficial o particular tendrán “la responsabilidad” de establecer una política interna que prevenga, evite, desaliente y sancione las conductas de hostigamiento, acoso sexual o moral, racismo y sexismo.

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Texto de la ley que sanciona actos discriminatorios

Esta responsabilidad surge al entrar en vigencia la Ley No. 7 de 14 de febrero de 2018, adopta medidas para prevenir, prohibir y sancionar actos discriminatorios.



La nueva norma fue sancionada por el presidente de la República, Juan Carlos Varela, y publicada en la Gaceta Oficial de Panamá No. 28465-A de 15 de febrero de 2018.

Los empleadores, centros de enseñanza e instituciones públicas deberán poner en práctica programas de asesoramiento, orientación y publicidad sobre la prohibición de las conductas previstas en esta ley.

Deberán establecer por medio de reglamento interno de trabajo, convenios colectivos u órdenes de la dirección un procedimiento interno de quejas y resolución, adecuando y efectivo, para permitir las denuncias de dichas conductas.

Esta ley fue propuesta por la diputada independiente Ana Matilde Gómez mediante el proyecto de ley No. 213, de febrero de 2015, y aprobado en abril de 2017 por el pleno de la Asamblea Nacional.

Además tuvo su origen en prohibir y establecer la responsabilidad por todo acto de violencia que atente contra la honra, la dignidad, la integridad física y psicológica de las personas.

Otro punto importante de la ley sancionada es el establecimiento de la definición de los términos de hostigamiento, racismo y sexismo.

También se protege a las personas que presenten las denuncias de los casos de hostigamiento o racismo. En el artículo No. 15 se establece que las personas que hayan formulado una demanda solo podrán ser despedidas por causas justificadas.



“Quien denuncie falsamente alguna de las conductas sancionadas en esta ley incurrirá en simulación de hecho punible conforme” a lo establecido en el Código Penal.

 


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