El Juzgado Primero Municipal, Ramo Penal del Segundo Circuito Judicial de Panamá, sentenció a 10 meses de cárcel a un ciudadano por alterar el medidor eléctrico de su casa.
El incidente se remonta a una inspección realizada por la empresa ENSA Panamá en Ciudad Jardín de San Antonio a mediados de 2014.
"El 17 de junio de 2014 se identificó la condición irregular en las instalaciones del cliente. La sentencia se emitió el 1 de abril de 2016", precisaron voceros de la compañía.
De acuerdo con la empresa, cada año dejan de facturar un promedio de 38 millones de dólares debido a conexiones ilegales.
"Las conexiones ilegales tienen mayor incidencia en asentamientos informales, áreas en las que en muchos casos resulta inviable brindar el suministro de energía por no contar con tenencia legal de la tierra. Ante esto, las comunidades se conectan ilegalmente a los servicios públicos, en condiciones técnicamente deficientes y extremadamente inseguras, poniendo en riesgo la vida propia y la de personas alrededor. En casos de comunidades que tienen más de 15 años de establecidas, ENSA realiza acercamientos con las instituciones y autoridades correspondientes, para apoyar en su proceso de formalización y legalización", añade un comunicado de la institución.
En el caso de la sanción del juez primero municipal, la pena de 10 meses de cárcel fue conmutada por días multa.
El Código Penal vigente establece penas de días multa o de uno a cuatro años de cárcel para las personas que alteren los medidores de servicios públicos en Panamá. La Ley 6 del 3 de febrero de 1997 incluye también sanciones administrativas de 50 dólares a 5 mil dólares para este delito.

