El Ministerio de Educación (Meduca) promulgó el Decreto Ejecutivo No. 56, con fecha del 10 de octubre de 2025, estableciendo nuevos requisitos y procedimientos para la selección, nombramiento, traslado y promoción del personal docente, supervisores y directivos de los centros educativos de primero y segundo nivel.
La normativa busca garantizar que los cargos sean ocupados por profesionales con la formación y capacidades necesarias, superando los retos actuales del sector y fortaleciendo la calidad educativa.
Según el documento publicado en la Gaceta Oficial y firmado por el presidente José Raúl Mulino y la ministra Lucy Molinar, el decreto pretende corregir malas prácticas detectadas durante la última década, que incluían criterios inadecuados, recomendaciones basadas en intereses particulares, exigencias no contempladas por la ley e influencias de agrupaciones gremiales.
Aquí puede consultar el Decreto Ejecutivo No. 56.
Adjuntos
115329.pdfUn único mecanismo de selección
Todos los nombramientos y traslados se realizarán mediante concursos públicos, gestionados completamente a través de la plataforma digital del Meduca, garantizando acceso directo a todos los postulantes y transparencia en los resultados.
En ese sentido, Asociación de Maestros Independientes (AMIA) aclaró que el 99% de los procesos de nombramiento y traslados siempre han sido en línea por la plataforma Provel (Procesos de Vacantes en Línea) y los selecciona el ministro de turno de una terna que arman con cierta cantidad de puntajes.
El concurso general se desarrollará en cuatro etapas: convocatoria y apertura, postulación, evaluación de candidaturas y determinación de elegibles y selección, con la convocatoria publicada en la página web del Ministerio.
Los aspirantes serán evaluados según su formación académica, experiencia y calidad de servicios prestados, siguiendo un sistema de puntuación que otorga mayor valor a títulos avanzados: doctorado o maestría en la especialidad o en Ciencias de la Educación: 40 puntos; licenciatura en la especialidad: 22 puntos.
Para los cargos de director o subdirector, se priorizará a quienes presenten el mejor historial docente y la capacidad de sustentar un Plan Estratégico y de Acción.
Entre los requisitos generales se exige ser ciudadano panameño, gozar de buena salud física y mental, y registrar el título en el Registro Permanente de Elegibles. Los aspirantes a cargos de dirección o supervisión regional deberán contar con mínimo 10 años de experiencia docente y evaluaciones satisfactorias durante ese período.
Traslados y sanciones
Los traslados podrán realizarse por concurso, mutuo consentimiento, enfermedad, seguridad, necesidad del servicio o sanción. En los casos de necesidad del servicio, se prioriza a docentes con mayor antigüedad en zonas de difícil acceso, siguiendo criterios de puntuación y tiempo de servicio en caso de empate.
El decreto establece además que docentes jubilados o pensionados por vejez no podrán participar en concursos, y que quienes hayan sido condenados por delitos contra la administración pública, la moral, la libertad sexual o el mal manejo de fondos no podrán postularse. Docentes sancionados mediante procedimiento disciplinario serán trasladados al centro educativo más cercano, sin mejoras en sus condiciones laborales, y no podrán regresar al centro donde cometieron la falta hasta cumplir cinco años escolares completos.
El Decreto Ejecutivo No. 56 entra en vigencia desde su publicación y deroga normativas previas, incluyendo el Decreto Ejecutivo No. 203 del 27 de septiembre de 1996.


