DECRETO EJECUTIVO

Nuevas disposiciones de toque de queda para Panamá, Chiriquí y Veraguas, publicadas en la ‘Gaceta Oficial’

Nuevas disposiciones de toque de queda para Panamá, Chiriquí y Veraguas, publicadas en la ‘Gaceta Oficial’
En el distrito de Panamá, se exceptúa de la norma al corregimiento de San Felipe. Archivo

El Gobierno publicó, en Gaceta Oficial, el decreto ejecutivo No. 780 a través del cual se establecen nuevas medidas de toque de queda para las provincias de Panamá, Chiriquí y Veraguas, a la vez que se dictan otras disposiciones.

+info

Toque de queda en la ciudad de Panamá de 10:00 p.m. a 4:00 a.m. Cambios en horario de toque de queda en Panamá y San Miguelito ante aumento de contagios

Así las cosas, para los distritos de Panamá y San Miguelito se establece que, a partir de este lunes 7 de junio, estará vigente un toque de queda de lunes a domingo, que va desde las 10:00 p.m. hasta las 4:00 a.m., mientras que el cierre de los comercios será a las 9:00 p.m.

En el distrito de Panamá, se exceptúa de esta norma el corregimiento de San Felipe; y en el distrito de Taboga, los corregimientos de Taboga cabecera, Otoque Occidente y Oriente, que mantendrán el toque de queda desde las 12:00 a.m. a 4:00 a.m.

El artículo 2 del citado decreto indica que para los distritos de Cañazas, Montijo, Calobre, Santa Fe, Mariato y Río de Jesús, en la provincia de Veraguas, estará vigente, a partir del lunes 7 de junio, un toque de queda, de lunes a domingo, de 12:00 a.m. a 4:00 a.m. El mismo horario aplica para el distrito de Remedios, en la provincia de Chiriquí.

A su vez, el artículo 4 establece que, a partir de este lunes 7 de junio, podrán abrir las galleras que operen en las provincias que “a juicio de la autoridad sanitaria mantengan un bajo índice de contagios”, las cuales llevarán a cabo sus actividades con un aforo de hasta un 25% de su capacidad.

El decreto 780 lleva la firma del presidente de la República, Laurentino Cortizo, y del titular de la cartera de Salud, Luis Francisco Sucre.

Adjuntos

Decreto Ejecutivo 780.pdf



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