Olmedo RodríguezHace 9 añosDe acuerdo con la Ley 2 de 2 de junio de 1987, reformada por la Ley 19 del 3 de agosto de 1992, el gobernador de la provincia está facultado para emitir sanciones disciplinarias al alcalde.
Juramentan al primer gobernador de la décima provincia