El tribunal de Londres reconoce la inmunidad de Juan Carlos I en la demanda de Corinna Larsen

El tribunal de Londres reconoce la inmunidad de Juan Carlos I en la demanda de Corinna Larsen
El rey emérito Juan Carlos I, a su salida de Madrid con dirección Abu Dabi tras su visita a España. Archivo Europa Press

El tribunal de Londres, que estudia la demanda planteada por Corinna Larsen contra el rey Juan Carlos I por acoso, ha resuelto en favor del emérito en la alegación que hacía sobre la inmunidad de su persona, según informa la agencia de noticias Reuters.

En una resolución a la que ha tenido acceso Europa Press, el Tribunal de Apelaciones de Inglaterra y Gales ha reconocido la inmunidad a Juan Carlos en las actuaciones previas a su abdicación como Rey de España en 2014, ya que “la pre-abdicación” del emérito es “inmune a la jurisdicción de los tribunales de este país”.

La decisión ha tenido lugar después de que el pasado 8 de noviembre los abogados del exmonarca defendieran ante el tribunal de apelación de Londres el recurso presentado por el rey emérito ante la denuncia por acoso de Corinna Larsen, ex amiga íntima suya.

La sesión se prolongó durante más de seis horas donde se escucharon los argumentos de los defensores del rey pidiendo su exoneración por los sucesos ocurridos entre abril de 2012 y junio de 2014, cuando aún era jefe del estado.

Los abogados del rey emérito presentaron sus argumentos contra un dictamen anterior del tribunal superior de Londres que negaba la inmunidad por considerar que los presuntos abusos se produjeron en el ámbito privado dado que Juan Carlos I tiene ahora solamente un título honorífico.

La defensa del exmonarca presentó entonces un escrito donde esgrimía varios argumentos para poder apelar, como finalmente han hecho, alegando que Juan Carlos I es una de las seis personas que conforman la Familia Real y que las acciones en su contra pueden afectar al actual jefe del estado, su hijo Felipe VI.

Además, se pone el foco precisamente en que, si según Corinna el CNI participó en los hechos por orden del entonces monarca, serían “actos soberanos” e inmunes.


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