Cigarrillo sin tabaco

Panamá prohibió la comercialización del cigarrillo electrónico con la Resolución 660 de 11 de agosto de 2009, pero falta regular su consumo.

Cigarrillo sin tabaco
Cigarrillo sin tabaco

El cigarrillo electrónico –el prototipo más común de los sistemas electrónicos de administración de nicotina o sin esta–, que fue uno de los temas estrella en la sexta Conferencia de las Partes en el Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud (OMS) para el Control del Tabaco organizada en Moscú, Rusia, obtuvo el mismo protagonismo esta semana en el I Congreso Mundial de Tabaquismo y Enfermedades No Transmisibles realizado en Panamá.

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Un cigarrillo a todo vapor

Expositores nacionales e internacionales invitados a la jornada local coincidieron que en los países del globo hace falta mayor regulación para su comercialización.

Aunque la propia industria ha promocionado el cigarrillo electrónico como una alternativa menos inocua al no contener tabaco, la OMS no lo cataloga como un tratamiento para aquellos que estén dejando el hábito del fumar porque aún no se cuenta con investigaciones que lo comprueben.

Sin embargo, el organismo internacional no descarta a futuro la posibilidad de usarlo como terapia de sustitución a través de estudios clínicos y toxicológicos que demuestren su efectividad terapéutica, expuso el científico español y doctor en farmacología Jorge Manzanares, decano de la Facultad de Farmacia de la Universidad Miguel Hernández de Elche, España.

Hasta el momento solo nueve países han prohibido su comercialización: Panamá, México, Brasil, Uruguay, Argentina, Lituania, Singapur, Grecia y Australia, enumera.

Estos países han tomado esta medida obedeciendo el artículo 16 del Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud (OMS) para el Control del Tabaco, que establece “que los Estados parte no podemos comercializar productos que no sean de tabaco, pero que tengan formas de este”, y que solo se pueden regular aquellos productos derivados del tabaco o que tengan un fin farmacéutico, recalca la epidemióloga Reina Roa, directora nacional de Provisión de Servicios del Ministerio de Salud.

Panamá prohibió la comercialización del cigarrillo electrónico y similares mediante la Resolución 660 de 11 de agosto de 2009, pero dicha normativa no prohíbe su consumo en el país.

Por ello, en los próximos días se evaluará con instituciones pertinentes un decreto ejecutivo que prohíbe el uso de estos dispositivos con o sin nicotina en de todas las instancias en donde esté prohibido fumar, indica.

“Hemos estado, a través del señor ministro Francisco Javier Terrientes, gestionando con Presidencia un decreto ejecutivo que incluye el contenido de la Resolución 660, y adiciona la prohibición del uso de cigarrillo electrónico y otros dispositivos electrónicos administradores de nicotina o sin nicotina en los mismos sitios donde está prohibido fumar según la Ley 13 del 24 de enero de 2008”, cita Roa.

Se ha incluido esta medida a pesar de que está prohibida su comercialización porque muchas personas lo han traído del extranjero o lo compran vía internet.

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