La sala cuarta de la Corte Suprema de Justicia declaró que los videos de las personas que ingresen y salgan del Órgano Judicial son información de acceso restringido.
La decisión fue publicada en Gaceta Oficial esta tarde, a través del Acuerdo 820 del 7 de julio de 2014.
El proponente de esta decisión fue el presidente de la Corte Suprema de Justicia, José Ayú Prado.
De acuerdo al texto del documento, el magistrado argumentó que la identidad de las personas que vayan a realizar cualquier tipo de diligencia en tribunales y juzgados de todo el país debe ser protegida.
La medida de restringir el acceso a los archivos de visitas a estas dependencias también incluye los archivos en papel, por lo que a partir de la publicación del acuerdo solo la Dirección de Seguridad del Órgano Judicial tendrá acceso a esta información.
El documento publicado está firmado por los magistrados José Ayú Prado, Harley Mitchell y Luis Ramón Fábrega.
Los últimos dos realizaron un "voto razonado", lo que quiere decir que avalan la decisión de restringir la información pero no por las causas por las cuales se pidió la medida.
Ambos magistrados señalan que estiman necesario que la Dirección de Seguridad del Órgano Judicial colabore en la entrega de estos documentos en caso de que se realice alguna investigación.
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