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EVASIÓN FISCAL

Cámara de Comercio respalda al MEF en la modificación de artículo de la Ley No. 70

Cámara de Comercio respalda al MEF en la modificación de artículo de la Ley No. 70
El gremio empresarial recordó que ‘buscando fortalecer la seguridad jurídica, la inversión pública y privada’ en Panamá.

La Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura de Panamá (Cciap) reiteró este domingo 1 de septiembre que respalda la propuesta del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) de modificar el artículo No. 288-J de la Ley No. 70 de enero de 2019, que penaliza la evasión fiscal en Panamá.

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De acuerdo con el gremio empresarial, es consciente de la importancia que tiene para el país “su alineamiento con políticas y prácticas internacionales dirigidas a prevenir la evasión tributaria”.

Las modificaciones a la Ley No. 70 de 2019, que reforma el Código Penal, serán presentadas próximamente a la Asamblea Nacional.

“La norma propuesta busca limitar, a una sola vez, el otorgamiento de la dispensa de la sanción penal cuando se pague el monto de la obligación tributaria defraudada antes de la sentencia de primera instancia o durante la fase de investigación”, destacó el gremio empresarial en un comunicado divulgado este domingo.

Cámara de Comercio respalda al MEF en la modificación de artículo de la Ley No. 70
El gremio empresarial recordó que ‘buscando fortalecer la seguridad jurídica, la inversión pública y privada’ en Panamá.

Agregó que ese tipo de modificaciones “son necesarias” para salir y nunca más estar presentes en listas punitivas de los organismos internacionales.

En febrero de este año se presentó una demanda de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia contra tres artículos de la Ley No. 70.

La demanda fue interpuesta por el abogado Felipe Chen Castillo. Los artículos que considera inconstitucionales son el 288-G, 288-H  y 288-1, que establecen, entre otras cosas, el monto defraudado.

Lea aquí la Ley No. 70 de 31 de enero de 2019

La ley, que fue sancionada el 31 de enero de este año por el presidente Juan Carlos Varela, establece que la defraudación de impuestos de manera intencionada a partir de 300 mil dólares, en un ejercicio fiscal, será castigado con penas de dos a cuatro años de prisión.

Además el blanqueo de capitales, que hayan surgido de la defraudación de impuestos, también se expone a penas de prisión de dos a cuatro años.


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