Cervecería Nacional y sus subsidiarias fueron sancionadas por prácticas monopolísticas, mediante un fallo de 30 de noviembre de 2017, por el Tercer Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial de Panamá.
De acuerdo con la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia, dicho fallo confirma la sentencia número 109-15 de 22 de diciembre de 2015 del Juzgado Noveno de Circuito Civil, mediante la cual se declaró que el grupo económico incurrió en violaciones a las normas de competencia al haber levantado barreras de acceso en el canal de distribución de cerveza, con lo cual impidieron la permanencia y entrada de su única competidora directa, Cervecería Barú.
ACODECO SANCIONA A CERVECERÍA NACIONAL Y SUS SUBSIDIARIAS POR PRÁCTICAS MONOPOLÍSTICAShttps://t.co/J6lcZwKKoA pic.twitter.com/P9zagT4hLB
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— ACODECO (@AcodecoPma) May 9, 2018
Según el fallo, Cervecería Nacional celebraba contratos para el suministro de cervezas condicionados con pactos de exclusividad; el establecimiento comercial que vendiera su producto no podía hacer lo mismo con las cervezas producidas por Cervecería Barú, según Acodeco.
De conformidad con el fallo emitido por el Tercer Tribunal Superior de Justicia, y una vez ejecutoriado el mismo, Acodeco, a través de la Dirección Nacional de Libre Competencia, ha impuesto la sanción administrativa máxima por prácticas monopolísticas relativas, de acuerdo con lo señalado en la antes Ley 29 de 1996, por la suma de $50 mil.


