Aprueban ley de moratoria y excluyen artículos que reformaban el Código de Procedimiento Tributario

El proyecto de ley 139 que declara una moratoria para los contribuyentes fue aprobado en primer debate este lunes 21 de octubre por la Comisión de Economía y Finanzas de la Asamblea Nacional.

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Una de las modificaciones clave que sufrió este proyecto fue la eliminación de los artículos que proponían reformas al Código de Procedimiento Tributario.

Varios diputados de la comisión expresaron su desacuerdo con estos artículos debido a que la Asamblea cierra sesiones ordinarias el próximo 31 de octubre, por lo que les queda poco tiempo para debatir un “tema complejo”.

El presidente de la comisión, Ronald De Gracia, coincidió con sus colegas y propuso la eliminación de los artículos 5, 6, 7, 8 y 9 del proyecto, los cuales se referían al Código de Procedimiento Tributario.

Más temprano, el Instituto Panameño de Tributaristas (INSPAT) había remitido una nota a la Comisión en donde dejaban plasmado su desacuerdo con las reformas.

“Hemos dejado explícito que el tema concerniente al Código Fiscal y al Código de Procedimiento Tributario deben ser tratados con participación de todos los entes relacionados con la materia fiscal y tributaria y debería contarse para ello, con la disposición y el tiempo para no lesionar las garantías de los contribuyentes y, a su vez, garantizar tanto la recaudación, como la debida aplicación de sus disposiciones”, destacó el instituto en la nota.

La comisión, finalmente, aprobó el proyecto solo con los artículos relacionados a la moratoria.

Aprueban ley de moratoria y excluyen artículos que reformaban el Código de Procedimiento Tributario
DGI.

La iniciativa, presentada por el Ministerio de Economía y Finanzas, establece un período de moratoria hasta el 31 de diciembre de 2024 para el pago que recae sobre los intereses y recargos causados por el Impuesto sobre la Renta, el Impuesto de Inmuebles, el Impuesto de Aviso de Operación, Impuesto a la Transferencia de Bienes Corporales Muebles y la Prestación de Servicios (ITBMS), el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) y Tasa Única de personas jurídicas.


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