El apagón que dejó sin energía a gran parte de la ciudad de Panamá, además de Colón y afectó el fluído eléctrico en la planta potabilizadora de Chilibre, podría acarrear multas de entre $1,000 y $20 millones según advirtió la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP).
El ente regulador informó a La Prensa, que abrió una investigación y le solicitó al Centro Nacional de Despacho (CND) presentar en el término de 40 días un informe detallado con las causas de la falla.
Jorge Billingslea, director nacional de electricidad de la ASEP, señaló que están realizando las consultas formales al Centro Nacional de Despacho y precisó que las multas se aplican dependiendo de la gravedad de la falta.

Además de que estas multas se traducen en una reducción tarifaria a los clientes. A esto se suma las responsabilidades en casos de daños de aparatos.
“Inicialmente se ha solicitado un informe detallado que exponga las causas que originaron el evento, la secuencia cronológica de los hechos, carga y clientes desconectados, así como cualquier otra información que se estime pertinente. Cabe indicar que reglamentariamente el CND cuenta con hasta 40 días calendario para presentar un informe final de evento; dicho informe tiene como propósito establecer las conclusiones definitivas por parte del operador del sistema”, adelantó.
Igualmente, confirmó que el apagó que se produjo en horas de la tarde del lunes 25 de mayo, tuvo origen en el sistema de transmisión, que depende de la estatal Empresa de Transmisión Eléctrica (Etesa). El evento fue registrado a las 3:59 p.m. y el servicio fue restablecido a las 7:15 p.m. aproximadamente.
¿Qué hacer en caso de daños de electrodomésticos y equipos?
Los usuarios que consideren que sus electrodomésticos o equipos electrónicos resultaron afectados por el apagón o las fluctuaciones eléctricas deben presentar primero un reclamo formal ante su empresa distribuidora de electricidad (Naturgy o ENSA).
El plazo para presentar el reclamo es de 15 días hábiles contados a partir de la interrupción del servicio, según el artículo 58 del Título V del Reglamento de Distribución y Comercialización.
La Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP) indicó que, hasta el momento, no ha recibido reportes formales de daños, ya que primero debe agotarse el proceso ante la distribuidora.
En caso de que el cliente no esté conforme con la respuesta de la empresa distribuidora, podrá elevar posteriormente el reclamo ante la ASEP.
La entidad explicó que aún no se puede determinar quién sería responsable de posibles daños, ya que esto dependerá de los análisis técnicos correspondientes.
ASEP señaló que la responsabilidad podría recaer en una empresa distribuidora, de transmisión, una generadora o incluso tratarse de un caso fortuito o de fuerza mayor.


